Doctrina política católica
Concepto y necesidad de la autoridad
Autoridad es aquello en nombre de lo cual puede ejercerse el poder con justicia. Autor, es quien da algo, porque posee dominio sobre lo que da. Autoridad es la capacidad de una persona de conducir a otras hacia un fin determinado, así como el pastor conduce el rebaño hacia el prado. Por ejemplo, el piloto de un barco es quien tiene la capacidad de gobernarlo, pues en él reside el conocimiento para determinar el rumbo. No surge la autoridad del poder sobre otros; el poder es efecto no causa de la autoridad.
La autoridad asume la función de causa eficiente de la sociedad política. Esto implica que la autoridad debe coordinar y ordenar las acciones de los individuos y grupos intermedios, entre sí, y con referencia al fin social que ha de procurarse. El pensamiento marxista, coincidiendo con el liberalismo y con el anarquismo, sostiene la necesaria desaparición del Estado, una vez alcanzada la etapa comunista. Sin embargo, tales utopías contradicen la milenaria experiencia histórica de la humanidad, que muestra que siempre que existe vida social, también existe autoridad.
Ya Aristóteles explicaba que en toda realidad compleja, compuesta de partes, debe existir un elemento capaz de asegurar la unidad y cohesión entre las mismas. La existencia de un principio de unidad del todo, es verificable en todos los niveles del universo material; pero encuentra su aplicación más profunda en el caso de los grupos humanos y, muy particularmente, en la sociedad política.
En éstos, a diferencia de los organismos naturales, cada parte es en sí misma independiente del todo, ya que cada persona es un ser en sí y por sí mismo, mientras que las partes de un organismo no tienen vida propia si se los separa del todo. De ahí que las sociedades humanas constituyan un todo accidental o de orden, pues su unidad sólo se basa en el fin común al cual los miembros concurren; dicha finalidad no es otra que el bien común.
Lo que hace a la autoridad un elemento esencial de la sociedad política es la distinción esencial que media entre el bien particular y el bien común. Tratándose de una diferencia específica, los requerimientos propios del bien común no pueden verse satisfechos por el mero juego de las acciones individuales, que se ordenan de suyo a la satisfacción de las necesidades individuales de cada miembro.
Cada ciudadano es capaz, en condiciones normales, de subvenir a las exigencias de su conservación, de su trabajo, de la constitución de su hogar, etc. Pero resulta evidente que no todo ciudadano o padre de familia, puede desempeñarse eficazmente como ministro de economía o legislador.
Tales funciones requieren un conocimiento pormenorizado de las exigencias concretas del bien común nacional, y una prudencia mayor, puesto que los intereses en juego son más importantes. De lo anterior, se sigue la necesidad que toda sociedad política tiene de asignar a un grupo de personas el ejercicio del poder público. Es la naturaleza propia del bien común la que impone como obligación absoluta la existencia de una autoridad social, capaz de asumirlo como tarea propia.
Obediencia a la autoridad
Si la autoridad viene de Dios, nada más evidente que la obligación de obedecer a los poderes legítimos, siempre que legislen y orden dentro de la esfera de sus atribuciones. No obsta a la obediencia el que estos poderes desconozcan que imperan en virtud de la autoridad que Dios les confiere, ni el que sean indignos moralmente sus poseedores; mientras estén constituidos legítimamente en el poder y no prescriban cosa injusta o perversa, la obediencia es obligatoria, aún en el foro de la conciencia.
Cuando en Roma resonaba la palabra de San Pablo, explicando que no hay poder que no dimane de Dios y que quien resiste al poder, a Dios resiste, porque el gobernante es ministro de Dios (Rom 13, 1), imperaba el tirano Nerón.
Legitimidad del poder
Quien ejerce el poder en una sociedad política, no lo hace como un mero hecho de fuerza bruta, sino como función jurídicamente encuadrada. Entonces, el poder público se justificará cuando en su ejercicio tienda al fin para el cual existe. Tal es la llamada legitimidad de ejercicio: el procurar el bien común legitima o hace legítimo al poder en su ejercicio, aunque el gobernante haya accedido al cargo, por vía de un golpe de Estado, o como resultado de una guerra. Normalmente, el consenso social prolongado, en un clima de relativa tranquilidad pública, revela tácitamente la legitimación de un gobernante.
Ejercer el poder injustamente, en violación al derecho, en contra del bien de la comunidad, etc., hace decaer esa legitimidad. Si tal ilegitimidad se torna permanente, grave y dañina para la comunidad, éste tiene derecho a defenderse, resistiendo al gobernante que ha desviado el ejercicio del poder, y, eventualmente, deponerlo.
Hay otra forma de legitimidad del poder, que se llama legitimidad de origen: se refiere al título del gobernante que ejerce el poder; es decir, al modo regular o legal como ha llegado al poder, y no a como lo ejerce. Hay legitimidad de origen, cuando el gobernante deriva su título del derecho vigente en un Estado (Constitución y leyes), o sea, cuando ha accedido al poder de acuerdo con el procedimiento previsto en las normas vigentes.
Como ya dijimos, un gobernante que accedido al poder por una vía no prevista legalmente -ilegitimidad de origen-, puede legitimarse por su actuación desde el poder -legitimidad de ejercicio. A la inversa, un gobernante que accedió al poder según el procedimiento establecido, puede perder la legitimidad de ejercicio.
Resistencia al poder injusto
La resistencia al poder supone la distinción entre lo justo y lo injusto, según el orden natural y según la ley positiva. El problema entonces consiste en determinar en qué medida un ciudadano debe acatar una ley injusta y respetar a la autoridad pública que la ha promulgado. Al respecto, Santo Tomás enseña que la ley injusta es más una violencia que una ley propiamente dicha, pues no tiene de ésta sino la apariencia.
La doctrina establece cuatro tipos o grados de resistencia, que permiten matizar la aplicación de los principios, según las circunstancias y el juicio prudencial:
Resistencia pasiva: consiste en negarse a obedecer las leyes injustas, que serán tales, cuando se aparten o contradigan las exigencias del bien común, o cuando desconozcan un derecho fundamental de la persona.
Hay leyes que son malas en sí mismas, como las que autorizan el aborto o la eutanasia. También es lícita la resistencia pasiva, frente a medidas económicas que implican un evidente perjuicio para el interés nacional (privatizaciones), o un perjuicio a los bienes particulares (congelación de depósitos bancarios).
La resistencia pasiva es, no sólo un derecho, sino también un deber.
Resistencia activa: se subdivide en dos tipos, a saber:
a) Resistencia legal: consiste en emplear todos los medios que la ley acuerda, para impedir la aplicación de una medida de gobierno, o lograr su modificación o derogación, según los casos. Ejemplos: derecho de peticionar ante las autoridades; gestionar la declaración de inconstitucionalidad, de parte de los jueces; organización de campañas de opinión y firma de petitorios; huelgas, etc.
b) Resistencia activa de hecho: supone el empleo de medios físicos. Ejemplos: rechazo, por la fuerza, de la ocupación de propiedades; cruce de vehículos sobre las rutas o calles; huelgas con cesación de servicios o toma de edificios públicos, etc.
Rebelión: es la situación a que se llega cuando han habido frecuentes abusos del poder político, que hacen inevitable tratar de deponerlo por la fuerza. La rebelión o revolución, puede ser legítima en casos extremos, por cuanto es una extensión o analogía del derecho individual de legítima defensa, en caso de injusta y grave agresión. Además, cuando quien abusa del poder, incurre en una doble ilegitimidad -de origen y de ejercicio-, pueden quienes se rebelan -en caso de que sea inevitable, para deponerlo- darle muerte, pues se trata de un usurpador. Lo que la doctrina excluyó siempre es el tiranicidio a título privado, o sea, cuando un particular elimina al tirano, sin representación auténtica del interés comunitario.
Tanto para la rebelión como para la resistencia activa de hecho, deben tenerse en cuenta los requisitos que fija la doctrina, resumida en el Catecismo:
“La resistencia a la opresión de quienes gobiernan no podrá recurrir legítimamente a las armas sino cuando se reúnan las condiciones siguientes: 1) en caso de violaciones ciertas, graves y prolongadas de los derechos fundamentales; 2) después de haberse agotado todos los otros recursos; 3) sin provocar desórdenes peores; 4) que haya esperanza fundada de éxito; 5) si es imposible prever razonablemente soluciones mejores.” (Nº 2243)
Las indicaciones doctrinarias son precisas, y deben servir para evitar insurrecciones o guerras civiles, cuando no se dan las condiciones mínimas para asegurar el bien común. En palabras de Pablo VI: “No se puede combatir un mal real al precio de un mal mayor” (PP, 31) Y como antes citamos la exhortación de San Pablo a la obediencia, debemos recordar la aclaración del teólogo Belarmino sobre la conducta de los primeros cristianos, que padecían abusos en Roma. Si no depusieron a Nerón, a Juliano el apóstata, al arriano Valente y a otros semejantes, no fue porque no tuvieran derecho a hacerlo, sino porque les faltaban fuerzas para ello.”
Política y moral
La política es la actividad humana que desarrollan los hombres para participar en la vida cívica y obtener o influir en el poder público. Al respecto, debemos analizar dos teorías erróneas sobre la política.
►El movimiento “Acción Francesa”, que tuvo cierta gravitación durante el siglo XX, concibió a la política como una ciencia física, que comprueba fenómenos de la naturaleza y los organiza en leyes, del mismo modo que, por ejemplo, la botánica. La sociedad no sería una realización libre del hombre que actualiza las virtualidades sociales depositadas en su ser, sino el producto necesario de necesarios instintos. Queda, por lo tanto, eliminado de la fundación y estructura de la sociedad el elemento virtud, ya que en ella no interviene ninguna determinación libre. Excluida la virtud, resulta que la vida política es ajena a la justicia. Su fin específico no será el bien común temporal, como enseña la moral cristiana, sino el interés nacional.
Aunque inspirados en otras corrientes filosóficas, el maquiavelismo y el fascismo, guardan grandes afinidades con la ideología maurrasiana (por Maurras, fundador de la Acción Francesa). Maquiavelo, privado de toda inteligencia religiosa e imbuido de las concepciones grecorromanas de la vida, ve en la patria la única grandeza espiritual, capaz de inspirar y engendrar la gloria, el heroísmo, el trabajo y la creación.
La patria es una divinidad en cuyo altar hay que inmolarlo todo. Cuanto se haga por ella está justificado, y las acciones que en la vida privada serían malas, si se hacen por la patria son magnánimas. La razón de Estado, encierra en sí plena justificación.
Para el fascismo, a su vez, el Estado es la verdadera realidad del individuo; para el fascista todo está dentro del Estado, y nada de humano o espiritual se halla fuera del Estado. Por eso es totalitario.
► Al fisicismo de la Acción Francesa, se opone diametralmente el individualismo de Rousseau; para él, la política es un mero arte, derivado íntegramente de la voluntad libre del hombre. Para Rousseau el hombre ha nacido libre, con la libertad del salvaje en un bosque, y así ha de permanecer esencialmente. Como todos los hombres son libres, es inconcebible e injusta la menor subordinación. Pero, como la sociedad política es inevitable -para mejorar el nivel de vida-Rousseau busca construirla en forma tal que nadie se vea quebrantado en su libertad e igualdad esenciales. Para ello, finge un pacto social, por el cual los hombres hasta entonces libres consienten en vivir en sociedad, concebida como un producto artificial, donde sólo rige la voluntad general, o sea la multitud numéricamente computada.
Doctrina católica de la política: para determinar la esencia de la política, es necesario distinguir dos tipos de acciones humanas:
a) Lo factible: se refiere al hacer del hombre; las acciones ejercidas sobre la naturaleza externa (construir una mesa, levantar un edificio). Está regido por la virtud intelectual de arte.
b) Lo agible: se refiere al obrar humano; acciones ejercidas dentro del hombre (pensar, decidir). Está regido por la virtud intelectual y moral de la prudencia: que obtiene de los principios morales, conclusiones prácticas aplicables a cada caso concreto.
Como la política persigue el bien común, que no es un bien físico, y la principal actividad del político es mandar o liderar a otros, no cabe duda que pertenece al campo del obrar humano, no al del hacer. Por consiguiente, si es una actividad agible, debe estar regida por la prudencia, no por el arte, como se ha entendido generalmente, desde Maquiavelo. No es, entonces, “el arte de lo posible”.
No pueden caber dudas sobre la naturaleza moral de la política, a la que podemos definir como: “la actividad prudencial, que consiste en hacer posible lo necesario para el bien común.”
Lo permanente de la sociedad política
Política y político derivan de polis, palabra griega con la que se identificaba a la ciudad-estado, o sea, la pequeña organización o estructura de la comunidad griega. Un grupo humano que convive territorialmente en un mismo espacio físico, no puede mantener su convivencia si no se organiza. Organizarse significa ordenarse en busca de un fin y con unos medios para alcanzarlo.
El fin consiste, simplemente, en satisfacer todas las necesidades comunes que hacen a la convivencia del grupo y de sus miembros, es decir, alcanzar en conjunto todo lo que cada hombre aislado, o en un grupo menor, no podría alcanzar. Para alcanzar ese fin, el medio más importante es la existencia de una jefatura; de una autoridad con poder suficiente para hacer, mandar y prohibir todo lo que interesa al grupo.
Cuando el grupo territorial se organiza, esa organización tiene naturaleza política. La sociedad, como grupo máximo, adquiere una organización política. Surge una sociedad política, destinada a procurar el bien común de la comunidad. En ese marco adquiere orden la convivencia, alcanzan armonía y equilibrio las actividades de todos los hombres y grupos; por eso a la sociedad política se la llama comunidad perfecta.
No significa que haya alcanzado el máximo nivel de progreso humano; perfecta significa que no hay otra que pueda brindar al hombre lo que ella le proporciona: el abastecimiento de todas las necesidades de su vida y de la convivencia. Equivale a comunidad autosuficiente, porque se basta a sí misma; dispone de los medios para alcanzar su fin.
La existencia de una sociedad política en cada pueblo, se ha dado siempre y se dará en el futuro, porque responde a una necesidad de la naturaleza humana. Pero la forma concreta de la organización, de la estructura, de cada sociedad política, es variable. Depende de una decisión libre, reflexiva y consciente de quienes integran un pueblo determinado. En el mundo moderno, la sociedad política típica se conoce como Estado.
Elementos del Estado
Podemos definir al Estado como: el órgano de síntesis, planeamiento y conducción de una sociedad territorialmente delimitada, destinado a procurar el bien común.
Suelen mencionarse como datos constitutivos o determinantes del Estado: la población, el territorio, el poder y el gobierno.
►Población: es el elemento humano del Estado; sin hombres no hay Estado. La población de un Estado la integran cuantos conviven en el territorio bajo su jurisdicción. Se reserva el concepto de pueblo, para la parte de la población subordinada jurídicamente al Estado, pues sus miembros poseen la ciudadanía -por haber nacido en el territorio, o por haber optado por ella, habiendo nacido en otro país. También integran la población, quienes viven transitoriamente en el territorio, por distintos motivos, siendo extranjeros.
►Territorio: el Estado es una asociación territorial o espacial, porque requiere el marco físico o geográfico donde conviven sus miembros. El territorio delimita el ámbito espacial donde se ejerce el poder de un Estado.
►Poder: es la fuerza o energía, que debe utilizar el Estado para lograr su fin. No se trata de fuerza física, exclusivamente; más bien, una energía moral, una autoridad, en el sentido de predominancia social que logra acatamiento. La fuerza del poder estatal, proviene del asentimiento comunitario que le da sustento y lo respalda. El poder del Estado es político, porque la actividad que engendra y desarrolla es política.
El poder del Estado puede crecer y disminuir, puede expandirse o retraerse, por múltiples factores. Así, un gobierno de ideología liberal buscará debilitar el poder estatal, para dar mayor libertad a la iniciativa privada. En el otro extremo, una concepción totalitaria incrementará el poder estatal, hasta que todo lo social se esté subordinado. Si es inaceptable un Estado totalitario, tampoco puede aceptarse una limitación del poder estatal, que le impida hacer lo necesario, y quede a merced de algunos intereses particulares o de sector. En este caso, no podrá satisfacer el bien común.
Como ya explicamos, el poder del Estado posee una cualidad especial: la soberanía. Si en un momento determinado el poder del Estado deja de ser supremo en la jurisdicción territorial que le corresponde, y se subordina, de hecho, a otro poder, significa que dicho Estado ha dejado de existir.
►Gobierno: el poder como aptitud o capacidad de acción, es una potencia, que requiere ser puesta en acto. Para ello, hacen faltan hombres que sean titulares del poder y que lo ejerzan, usando aquella capacidad o energía. A quienes ejercen el poder estatal, se los denomina en conjunto, gobierno. El gobierno representa al Estado y actúa en su nombre.
Si el gobierno fuese ejercido, en la variedad de sus funciones, por un sólo hombre o un pequeño grupo, esa concentración podría degenerar en abusos de poder. Por eso, y también para hacer más eficaz la acción gubernativa, desde antiguo se ha procurado distribuir el poder. Desde Montesquieu, se ha generalizado la tendencia a lo que se llama la división de poderes.
En realidad, el poder del Estado siempre es único e indivisible; lo que se divide y separa son los órganos que ejercen el poder y las funciones que se encomiendan a esos órganos. Así surgen las tres ramas o “poderes” en que suelen separarse las funciones del Estado: Legislativa - Ejecutiva - Judicial.
Juan Pablo II considera que:
“Tal ordenamiento refleja una visión realista de la naturaleza social del hombre, la cual exige una legislación adecuada para proteger la libertad de todos. A este respecto, es preferible que un poder esté equilibrado por otros poderes y otras esferas de competencia, que lo mantengan en su justo límite.” (CA, 44)
Formas de Estado y de Gobierno
La autoridad responde a un orden fijado por Dios, pero la determinación del régimen y la designación de los gobernantes depende de la libre voluntad de los ciudadanos. La Iglesia no tiene preferencias. “La diversidad de los regímenes políticos es moralmente admisible con tal que promuevan el bien legítimo de la comunidad que los adopta.” (CIC, 1901) En cambio, los regímenes cuya naturaleza es contraria a la ley natural, al orden público y a los derechos fundamentales de las personas, no pueden realizar el bien común.
Las formas de Estado serán las formas de organización del Estado mismo, mientras las formas de gobierno se refieren a las formas de organización del elemento del Estado llamado gobierno. Dicho de otro modo, las formas de gobierno responden a la pregunta: ¿quién manda?, es decir, se ocupa de los titulares del poder. En cambio, las formas de Estado, responden a la pregunta: ¿cómo se manda?. Es decir, se ocupan del modo de ejercer el poder.
Formas de Estado: para conocer cómo se ejerce el poder, hay que relacionar el elemento poder con otros dos elementos del Estado: población y territorio.
a) Con relación al territorio, el poder se puede ejercer en forma centralizada o descentralizada. La forma centralizada, es la forma de Estado unitaria: el Estado es unitario porque su poder se ejerce políticamente centralizado en un lugar del territorio.
La forma descentralizada, es la forma de Estado federal: el Estado es federal porque su poder se ejerce políticamente descentralizado en distintos lugares del territorio.
b) Con relación a la población, el poder se puede ejercer: reconociéndoles su dignidad, libertad y derechos, o restringiéndolos, o negándolos. El reconocimiento implica la forma de Estado democrática; la restricción implica la forma de Estado autoritaria; la negación implica la forma de Estado totalitaria.
Podemos graficar lo expresado, con el siguiente esquema:
FORMAS DE ESTADO
(Cómo se ejerce el poder)
Poder/Territorio:
Estado Unitario (centralización política territorial)
Estado Federal (descentralización política territorial)
Poder/Población:
Estado Democrático (reconocimiento de dignidad, libertad y dd. del hombre)
Estado Autoritario (restricción)
Estado Totalitario (negación)
Aunque existen distintas maneras de clasificar las formas de gobierno, sigue siendo útil -por su sencillez- el criterio numérico para distinguir las formas de gobierno, según que el gobernante sea: uno sólo (monarquía), varios ( aristocracia), o muchos (república).
Aristóteles conjugó esta clasificación cuantitativa, con un criterio cualitativo, atendiendo al fin para el cual el gobernante ejerce el poder. Así, las formas citadas integran la categoría de puras o justas, en las que el gobernante ejerce el poder buscando el bien común.
Cada una de esas tres formas puras, se convierte en impura o injusta, cuando el fin perseguido por el gobernante es un bien particular (propio, de una clase, de un partido). Así, la monarquía se transforma en tiranía, la aristocracia en oligarquía, y la república en democracia.
Podemos ver mejor esta clasificación en un cuadro:
FORMAS DE GOBIERNO
(Quién ejerce el poder)
Uno ► ► Monarquía (forma pura) Tiranía (forma impura)
Varios ► ► Aristocracia (forma pura) Oligarquía (forma impura)
Muchos ► ► República (forma pura) Democracia (forma impura)
La inclusión de la democracia entre las formas impuras, puede llamar la atención, puesto que habitualmente, incluso por quienes usan esta misma clasificación, suele ser considerada una forma justa -y hasta la única aceptable-, denominando a la forma injusta “demagogia”. Hemos preferido mantener las denominaciones que se usaron hasta el Renacimiento, y son las que figuran en las obras de Aristóteles[1] y de Santo Tomás[2].
Ya mostramos que la Iglesia no tiene objeción que hacer a la democracia, como forma de Estado. Pero la forma democrática de gobierno, tal como la pensaron sus promotores en el mundo moderno -Rousseau, Stuart Mill, Montesquieu- está basada en el mito de la soberanía del pueblo. En el módulo 7 expusimos la crítica científica a dicha concepción, así como la posición negativa de la Iglesia.
Recordemos ahora, la enseñanza de San Pío X, que en “Notre charge apostolique”, nos alerta que la Iglesia:
“Ha condenado una democracia que llega al grado de perversidad que consiste en atribuir en la sociedad la soberanía al pueblo.”
En cambio, la forma republicana de gobierno no merece ninguna objeción, ni desde el punto de vista científico, ni desde el enfoque doctrinario. La caracterización de esta forma de gobierno se describe habitualmente por los siguientes elementos:
a) división de funciones;
b) elección de los gobernantes;
c) periodicidad en el ejercicio del gobierno;
d) publicidad de los actos de gobierno;
e) responsabilidad por dichos actos;
f) igualdad de los ciudadanos ante la ley.
La participación política
El aspecto más importante del funcionamiento de la sociedad política, es la selección de quienes ocuparán el gobierno del Estado. En el mundo contemporáneo, en todos los Estados democráticos, la selección mencionada se realiza a través de los partidos políticos. Éstos son agrupaciones de ciudadanos, que buscan apoyo social para competir por el poder y participar en la conducción del Estado.
El Concilio Vaticano II reconoció que:
“Es perfectamente conforme con la naturaleza humana que se constituyan estructuras político-jurídicas que ofrezcan a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna y con perfección creciente, posibilidades efectivas de tomar parte libre y activamente en la fijación de los fundamentos jurídicos de la comunidad política, en el gobierno de la cosa pública, en la determinación de los campos de acción y de los límites de las diferentes instituciones y en la elección de los gobernantes.” (GS, 75)
No obstante, la crítica al sistema de partidos es generalizada. Los Obispos argentinos han señalado que: “Los partidos políticos se están desdibujando. No se percibe en ellos una adecuada y clara escala de valores que los rijan. Han dejado de ser escuela de civismo para sus adherentes e instrumento de selección de los mejores y los más aptos para la consecución de los cargos públicos.” (12-5-01)
Lo más grave, en el caso argentino, es que la reforma de la Constitución Nacional, en 1994, les concedió a los partidos el monopolio de la representación política, lo que facilita la partidocracia: situación en que las decisiones estatales se subordinan a la conveniencia circunstancial de los dirigentes de los partidos más influyentes.
Entonces, más que nunca, debe recordarse la obligación moral que señala el Catecismo: “Los ciudadanos deben cuanto sea posible tomar parte activa en la vida pública” (Nº 1915). Pero, quien ha insistido con severidad en dicha obligación, es el Papa Juan Pablo II:
“...los fieles laicos de ningún modo pueden abdicar de la participación en la política...todos y cada uno tienen el derecho y el deber de participar en la política...”. Agrega que, las dificultades y riesgos que puedan existir en la acción política, “no justifican lo más mínimo ni la ausencia ni el escepticismo de los cristianos en relación con la cosa pública.” (CL, 42)
Aun más, la Constitución Gaudium et Spes, señala que: “La Iglesia alaba y estima la labor de quienes, al servicio del hombre, se consagran al bien de la cosa pública y aceptan las cargas de este oficio” (GS, 75)
Hacer política como cristianos
Una de las consecuencias de la caída del muro de Berlín, que provoca el aparente fin de las ideologías, es el riesgo de un pragmatismo sin ideales. Mientras en toda ideología hay “semillas de verdad”, y los errores pueden corregirse, la política sin ideales se traduce inevitablemente en la búsqueda del poder por sí mismo. Entonces quien quiera hacer política como cristiano, debe ser fiel a criterios marcados por el magisterio social de la Iglesia:
A) Coherencia con los valores del Evangelio, que ha revelado al hombre valores de una antropología sobre la que puede fundarse una sociedad justa y fraterna. La coherencia no debe ser sólo en la teoría sino vivida en el plano personal, y testimoniada en la esfera pública.
B) La coherencia debe ser subjetiva y objetiva. La subjetiva, está basada en la legitimidad del pluralismo político de los cristianos, lo que no equivale a una diáspora cultural. Dondequiera actúen los católicos deben estar unidos en defensa de los valores éticos fundamentales. La coherencia objetiva, consiste en el deber de discernir si los elementos objetivos de una opción política son aceptables según el magisterio. El cristiano no puede - enseña Juan Pablo II- aceptar que toda idea o visión del mundo es compatible con la fe, ni aceptar una fácil adhesión a fuerzas políticas y sociales que se oponen, o que no prestan la suficiente atención a los principios de la Doctrina Social de la Iglesia . El juicio sobre la coherencia objetiva corresponde tanto al fiel individual como a la Iglesia.
C) El método de hacer política debe procurar la concordia y rechazar el totalitarismo. Recordemos que una de las ideologías condenadas por la Iglesia fue el fascismo, mediante la Encíclica “Non abbiamo bisogno”, de Pío XI. Precisamente, la definición de Mussolini de su ideología, sirve para encuadrar el concepto de totalitarismo: “Todo en el Estado, todo para el Estado, nada fuera del Estado”.
D) Laicidad de la política. La realidad temporal tiene su propia consistencia ontológica. No se puede deducir de la fe un modelo político; el Evangelio señala los valores que inspiran la acción política, pero no indica los programas. Tampoco es lícito poner la política al servicio de la jerarquía (clericalismo), ni dirigirla al apostolado o a la evangelización (confesionalismo).
E) Autonomía de las opciones políticas. Los laicos no son meros ejecutores de disposiciones de la jerarquía en el campo social; son ellos los que deben buscar soluciones a los problemas concretos. Además, pueden ayudar en la elaboración de la misma Doctrina Social de la Iglesia, con sus conocimientos y experiencia de la realidad.
F) Espiritualidad y profesionalidad. La opción política del cristiano es fruto de una doble fidelidad: a los valores morales, y a las reglas propias de la actividad política, que no surgen de la Revelación, sino que pertenecen al plano de la razón, y deben estudiarse científicamente. No basta pues, ser buenos cristianos para ser buenos políticos. Se necesitan hombres que vivan la política con vocación y que se preparen conscientemente. Sabiendo, no obstante, que el tiempo reservado para la oración no es tiempo perdido. En frase de San Juan Crisóstomo: “el hombre que ora tiene las manos en el timón de la historia”.
Actitud política de los católicos frente al sistema de partidos
1. Uno de los aspectos más criticados de la política contemporánea es el de la representación. La democracia liberal, cuyos errores teológicos y filosóficos fueran severamente señalados en los documentos pontificios , ha derivado en lo que se ha llamado “partidocracia”. Esta comunicación pretende esbozar un criterio, basado en los principios de la filosofía política católica, que sirva de guía para la actuación de los católicos en la vida cívica argentina.
2. La crítica al sistema contemporáneo de partidos está, obviamente, justificada. Dicho sistema se basa en la llamada democracia indirecta o representativa, consistente en que, como todo el pueblo -en quien se supone reside la soberanía- no puede gobernar por sí mismo, debe delegar en sus representantes la función de gobierno, sin abandonar por ello la soberanía. Como el gobierno -especialmente el Congreso- debe representar la Voluntad General, se establece por medio de una ficción jurídica que cada representante representa, no a los ciudadanos que lo han elegido, sino a todo el pueblo. Con lo cual se invalida en la práctica la figura invocada del mandato, según la cual los gobernantes reciben al ser elegidos un mandato del pueblo, para ejercer en su nombre el gobierno.
En efecto, esta figura se podía aplicar legítimamente durante la Edad Media, con la monarquía tradicional, pues en las cortes o asambleas los representantes eran elegidos por un grupo social determinado (estamentos, ciudades, corporaciones) y únicamente representaban a ese grupo, con mandato “imperativo” a través de instrucciones precisas que, en caso de no ser cumplidas fielmente por el representante, el mandato de éste podía ser revocado.
Por el contrario, en los parlamentos modernos -y ya desde la Revolución Francesa- se prohíben los mandatos imperativos, y los representantes ejercen una representación “libre”, es decir que, una vez elegidos -si bien alegan actuar en nombre del pueblo-, no reciben órdenes de sus electores y actúan con total independencia.
Por otra parte, todos los representantes son propuestos al electorado por los partidos políticos, únicas entidades que tienen acceso legal a los cargos públicos electivos, no permitiéndose ni las candidaturas de ciudadanos independientes ni la representación de otros grupos sociales (CN, Art. 38).
Es por estar basado en el mito de la soberanía popular y en una falsa teoría de la representación, que el sistema actual de partidos políticos carece de solidez y produce efectos negativos en la sociedad. “Es ficción considerar al pueblo susceptible de representación, y como unidad unificada que confiere mandato; ficción es suponer que el parlamento representa a la totalidad del pueblo; ficción que los actos de los representantes son actos del pueblo; ficción que el pueblo gobierna” .
Otra distorsión anexa, es el mecanismo electoral que consiste en convocar periódicamente a los ciudadanos para elegir entre las listas de candidatos presentadas por los partidos, para cubrir muchos cargos simultáneamente: Intendente, Concejales, Tribunal de Cuentas Municipal; Gobernador y Vice, Legisladores Provinciales, Tribunal de Cuentas Provincial; Diputados y Senadores Nacionales; Presidente y Vice. Resulta difícil para el ciudadano común conocer a todos los candidatos, ni siquiera de uno de los partidos; es una forma de votar a ciegas, obligado a optar entre diferentes listas, sin posibilidad real de elegir, ni de pedir luego rendición de cuentas a quienes votó, entre otras cosas, porque el voto es secreto y no puede demostrar el apoyo que les brindó.
3. Durante la vigencia de la monarquía, la actividad gubernamental estaba a cargo del propio rey y de la nobleza, es decir, el estamento aristocrático que rodeaba al rey y cuyos integrantes se preparaban para la guerra y el gobierno. Las cortes o asambleas, ya mencionadas, se limitaban a informar y asesorar al rey sobre los problemas e inquietudes, y, en casos excepcionales, a consentir medidas de emergencia como impuestos especiales, pero la decisión estaba reservada al monarca que representaba la unidad del reino, al estar por encima de todos los sectores.
Al ser reemplazada la monarquía por el sistema republicano, surge la necesidad de sustituir a la nobleza en dicho rol, y este lugar lo ocupan -aunque imperfectamente-, los representantes del pueblo, elegidos a través de los partidos políticos.
4. La alternativa que proponen distinguidos profesores y publicistas católicos, consiste -explícita o tácitamente- en sustituir el régimen de partidos por: a) una participación activa en la vida socio-política de los cuerpos intermedios; y b) la dictadura como forma de gobierno.
Los cuerpos intermedios son las asociaciones ubicadas entre la familia y el Estado, que persiguen un fin común (sindicatos, entidades profesionales, cámaras empresarias, centros vecinales, cooperativas, mutuales, cooperadoras escolares, etcétera). Toda sociedad contiene en su seno infinidad de entidades y grupos mediante los cuales los hombres tratan de lograr objetivos que sirven a su perfección. Un sano orden social requiere la aplicación del principio de subsidiariedad que demanda que el Estado no absorba las actividades que pueden realizar eficazmente las asociaciones inferiores. En virtud de este principio, la Iglesia siempre sostuvo que los cuerpos intermedios deben gozar de la mayor autonomía posible y ocuparse de muchas tareas que hoy el Estado tiene a su cargo y le impiden ejercer correctamente el rol que le compete como gestor del Bien Común. Asimismo, mediante la interconexión y colaboración mutua, los cuerpos intermedios pueden constituir organismos que resuelvan por sí mismos ciertos problemas sociales y económicos, evitando la lucha de clases: es lo que se llama corporativismo u organización profesional.
En este sistema, los grupos intermedios se van articulando hasta formar un Consejo o Cámara nacional en la que se hallan representados todos los grupos e intereses sociales existentes en la sociedad, con la finalidad de asesorar al gobierno, o, incluso, cumplir funciones legislativas. No cabe duda de que este sistema, recomendado por el magisterio pontificio -especialmente en la Encíclica “Cuadragésimo Anno”-, permite un mejor funcionamiento de la sociedad y a la vez impide los posibles abusos del Estado, pero no puede asumir -en exclusividad- la conducción de éste, ni ocuparse de la actividad específicamente política.
“Es verdad que estos grupos, si bien necesarios, cada uno según su propia finalidad específica, representan sólo intereses delimitados y parciales, no el bien universal del país. No tienen, por consiguiente, competencia para participar en aquellas decisiones superiores que son peculiares del supremo poder político, primer responsable del bien común” (Carta de la Secretaría de Estado del Vaticano a la XXVI Semana Social de España, 18-3-1967).
5. Es por eso que, inevitablemente, cuando no se quiere aceptar la existencia de los partidos, se busca una monarquía sin corona: la dictadura. “Sólo la institución de la Dictadura, encarnada en una personalidad central y un equipo de hombres...puede realizar la Revolución Nacional” (Cabildo, julio de 1981). No negamos que pueda resultar inevitable y hasta conveniente establecer un gobierno de facto para producir un cambio integral en nuestro país, desquiciado hasta extremos difíciles de revertir, luego de tantos años de influencia liberal. Pero ocurre que, por definición, la dictadura es “una fórmula de transición”, que no “puede prolongarse indefinidamente” .
Sus creadores, los romanos, limitaban su duración a seis meses; aunque aquí se prolongara seis años, ¿bastaría ese lapso para producir los cambios necesarios? Las dictaduras nacionales de Franco, en España, y de Oliveira Salazar, en Portugal, que se extendieron por más de 30 años, demuestran que no es así. Por eso, la alternativa comentada, como reemplazo de la partidocracia, no nos parece satisfactoria como solución factible y útil.
6. Hecho el análisis precedente, se advierte que la empresa de reconstruir el orden social no es sencilla ni fácil, y los católicos debemos aceptar la guía de la Iglesia, cuya experiencia milenaria resulta invalorable, sin olvidar que es depositaria de la Verdad. Pues bien, la doctrina de la Iglesia en materia de regímenes políticos, nos enseña que, en el terreno de las ideas, los católicos pueden preferir uno u otro, incluso llegar a precisar cuál es el mejor, en abstracto, puesto que la Iglesia no se opone a ninguna forma de gobierno legítimo. Pero, en cada sociedad, las circunstancias históricas van creando una forma política específica, que rige la selección y reemplazo de los gobernantes. Y, como toda autoridad proviene de Dios, cuando se consolida de hecho un régimen político determinado, “su aceptación no solamente es lícita, sino incluso obligatoria, con obligación impuesta por la necesidad del bien común...” .
7. En nuestro país, existe desde hace 198 años la forma republicana de gobierno, que no podemos desconocer, como tampoco negar la vigencia de la Constitución que le dio fuerza legal, sin desviarnos de la doctrina que acabamos de citar. A partir de estas realidades es que debemos desplegar nuestro esfuerzo por mejorar el funcionamiento de la sociedad en que la Providencia nos ha colocado.
Por otra parte, la actuación de los partidos no es necesariamente mala. En efecto, en todos los tiempos, los hombres se han agrupado en torno a líderes, ideas o intereses, para tratar de influir en la conducción de la sociedad, incluso cuando regía la monarquía y existía la aristocracia. La parte no siempre constituye una facción, ni la discrepancia afecta al bien común, mientras se mantenga dentro de ciertos límites. Por eso la Iglesia reconoce como legítima “la diversidad de pareceres en materia política...La Iglesia no condena en modo alguno las preferencias políticas, con tal que éstas no sean contrarias a la religión y la justicia” .
8. Ahora bien, ya hemos dicho que los grupos sociales intermedios -que por ser intermediarios entre la familia y el Estado, son infrapolíticos- no pueden asumir la conducción del Estado ni ejercer la actividad específicamente política.
En primer lugar, porque los intereses sociales contrapuestos no pueden, en muchos casos, lograr un acuerdo, necesitando entonces la intervención del Estado, que se halla por encima de dichos intereses de sector. “No hay más solución que atribuir la decisión definitiva de los conflictos de intereses entre los grupos profesionales, a una autoridad, creada con arreglo a una ley ajena al principio corporativo; o bien a un parlamento elegido por todo el pueblo, o a un órgano de complexión más o menos autocrática” .
Por otra parte, “...cada estructura intermedia no expresa al hombre en su totalidad. A través de ellas, el hombre se expresa en tanto trabajador, como jefe de familia, como vecino de un municipio, como empresario, como profesional, como técnico. Pero para lograr el hombre falta algo; eso único e incomunicable que constituye la persona; el hombre es más que la suma de sus expresiones parciales y a veces contradictorias que expresan los grupos. Me parece imposible, cualquiera sea el lugar que le corresponda a los cuerpos intermedios en la determinación de la política, eliminar la voz del hombre” .
Además, la eficacia de los representantes de los grupos sociales está dada por el conocimiento, la competencia, que poseen en el manejo de la actividad que representan, pero la mayoría de ellos no poseen las cualidades requeridas por la actividad política, ni pueden dejar de defender los intereses del propio grupo o estamento, sin perder la condición de dirigentes del mismo. Por ello, la conducción global de la sociedad, que compete al Estado, debe estar reservada a un tipo de personas con características especiales.
“El hecho natural de la existencia de un estamento dirigente de la vida política,...se conecta con la doctrina clásica de la vocación, según la cual en los hombres existen aptitudes naturales para los diversos oficios que requiere la comunidad, incluso para el más elevado, esto es, el oficio político, pues, como decía Aristóteles, hay hombres cuya tarea propia parece ser la de gobernar a los demás” .
9. Entonces, ¿a través de qué medios puede seleccionarse a los hombres que habrán de gobernar en un sistema republicano, y en qué tipo de entidades habrán de agruparse de acuerdo a sus preferencias políticas? En el mundo contemporáneo, en la casi totalidad de Estados, existen sistemas pluripartidarios o de partido único; las pocas excepciones consisten en Estados con gobiernos militares. Pero, aún en esos casos, la experiencia del último siglo indica que, luego de períodos transitorios, se produce “el eterno retorno de los partidos” . No se ha logrado articular todavía una forma de convivencia que pueda prescindir de los partidos en la actividad política.
Como reconoce el Concilio Vaticano II: “Es perfectamente conforme con la naturaleza humana que se constituyan estructuras político-jurídicas que ofrezcan a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna y con perfección creciente, posibilidades efectivas de tomar parte libre y activamente en la fijación de los fundamentos jurídicos de la comunidad política, en el gobierno de la cosa pública, en la determinación de los campos de acción y de los límites de las diferentes instituciones y en la elección de los gobernantes” (Constitución Gaudium et Spes, p. 75).
El profesor Félix Lamas ha explicado, con mucha claridad, que los partidos: “Pueden considerarse de existencia necesaria en la misma medida en que es inevitable una cierta dosis de discordia en toda comunidad...”, y por ello es que hay “un margen funcional admisible en los partidos: pueden constituir vehículos de opinión o canales del querer sobre cuestiones opinables, cuando éstas no encuentren adecuada expresión a través de las comunidades naturales, vgr.: la postulación de candidatos o el sostenimiento de un determinado programa conforme con el bien común” (Cabildo, setiembre de 1982).
Un publicista de tanto prestigio como Messner reconoce que no se puede negar que: “El derecho de formación y de la actividad de los partidos en el Estado moderno pertenezcan a los derechos naturales” . Por su parte, Creuzet añade: “Acontece también que su existencia resulta el único medio de contrabalancear el poder tiránico de un Estado descarriado... En este caso, los partidos de la oposición se transforman en verdaderos cuerpos intermedios, apoyo de las personas, de las familias, de los otros cuerpos sociales, en su justa resistencia contra la tiranía” .
Debe reflexionarse, además, en que hoy, más que nunca, la actividad gubernamental es tremendamente compleja y requiere una formación adecuada, que se adquiere luego de muchos años de estudio y experiencia. Precisamente, porque no aceptamos la ilusión populista de que cualquier persona puede desempeñar un cargo público, ni bastan la honestidad y el patriotismo para gobernar con eficacia, es que pensamos que resulta imprescindible constituir grupos de hombres con auténtica vocación política, que se preparen seriamente para gobernar. Y, por ahora, no hay otra vía idónea que la que ofrecen los partidos, que se fundamentan -o deberían hacerlo- en una cosmovisión global y elaboran programas con las soluciones que proponen para cada uno de los problemas que debe afrontar el Estado.
10. Sostenía Pío XII: “muchos de los que se dicen cristianos tienen su parte de responsabilidad en el actual trastorno de la sociedad”, debido a “la indiferencia por los asuntos públicos”, “la abstención electoral, de graves consecuencias”, y a “la crítica estéril de la autoridad” . Esta grave advertencia del Pontífice, nos lleva a reflexionar sobre cuál debe ser la actitud política de los católicos en la vida cívica contemporánea.
Consideramos que no pueden negarse a intervenir en ella, por defectuosa que sea la forma actual de las instituciones. León XIII enseñó al respecto que: “No acuden ni deben acudir a la vida política para aprobar lo que actualmente puede haber de censurable en las instituciones políticas del Estado, sino para hacer que estas mismas instituciones se pongan, en lo posible, al servicio sincero y verdadero del bien público... “ .
Del modo que describe el Papa, actuaban los primeros cristianos, en pleno paganismo, llegando su influencia benéfica hasta la propia corte imperial de Roma. Si en este siglo se ha producido un alejamiento de los católicos de la actividad política, ello se debe a un menosprecio de la misma -la "cenicienta del espíritu", según Irazusta-, y a una cierta pereza mental que rehuye imaginar soluciones eficaces para enfrentar los problemas espinosos que plantea la época. Esta abstención es “reprobable”, según Pío XII, pues implica “dejar el campo libre, para que dirijan los asuntos del Estado, a los indignos y a los incapaces” (Discurso, 28-3-1948).
Así como alguien llamado a la vida religiosa no podría ignorar su vocación aludiendo a las imperfecciones de muchos de los pastores que conducen hoy a la Iglesia, tampoco quien posea vocación política puede reprimirla porque no le satisfagan las actuales circunstancias de la vida cívica. Y como la vocación política tiene que ejercitarse por los cauces existentes, la actitud correcta consiste, a nuestro juicio, en aceptar el sistema de partidos, procurando su perfeccionamiento. Que no es imposible ni inútil la empresa, lo demuestra la actuación de tantos dirigentes católicos del último siglo que, sin renegar de su fe, trabajaron en este campo en consonancia con el bien común. Mencionaremos sólo tres casos de políticos, que están en proceso de beatificación:
-Giorgio La Pira (Alcalde de Florencia)
-Robert Schuman (uno de los fundadores de la Unión Europea)
-Julius Nyerere (Presidente de Tanzania, durante 25 años)
Para finalizar, recordemos la advertencia de Juan Pablo II, al decir que los fieles: “de ningún modo pueden abdicar de la participación en la política”.
“Las acusaciones de arribismo, de idolatría del poder, de egoísmo y corrupción que con frecuencia son dirigidas a los hombres de gobierno, del parlamento, de la clase dominante, del partido político, como también la difundida opinión de que la política sea un lugar de necesario peligro moral, no justifican lo más mínimo ni la ausencia ni el escepticismo de los cristianos en relación con la cosa pública” .
Concepto y necesidad de la autoridad
Autoridad es aquello en nombre de lo cual puede ejercerse el poder con justicia. Autor, es quien da algo, porque posee dominio sobre lo que da. Autoridad es la capacidad de una persona de conducir a otras hacia un fin determinado, así como el pastor conduce el rebaño hacia el prado. Por ejemplo, el piloto de un barco es quien tiene la capacidad de gobernarlo, pues en él reside el conocimiento para determinar el rumbo. No surge la autoridad del poder sobre otros; el poder es efecto no causa de la autoridad.
La autoridad asume la función de causa eficiente de la sociedad política. Esto implica que la autoridad debe coordinar y ordenar las acciones de los individuos y grupos intermedios, entre sí, y con referencia al fin social que ha de procurarse. El pensamiento marxista, coincidiendo con el liberalismo y con el anarquismo, sostiene la necesaria desaparición del Estado, una vez alcanzada la etapa comunista. Sin embargo, tales utopías contradicen la milenaria experiencia histórica de la humanidad, que muestra que siempre que existe vida social, también existe autoridad.
Ya Aristóteles explicaba que en toda realidad compleja, compuesta de partes, debe existir un elemento capaz de asegurar la unidad y cohesión entre las mismas. La existencia de un principio de unidad del todo, es verificable en todos los niveles del universo material; pero encuentra su aplicación más profunda en el caso de los grupos humanos y, muy particularmente, en la sociedad política.
En éstos, a diferencia de los organismos naturales, cada parte es en sí misma independiente del todo, ya que cada persona es un ser en sí y por sí mismo, mientras que las partes de un organismo no tienen vida propia si se los separa del todo. De ahí que las sociedades humanas constituyan un todo accidental o de orden, pues su unidad sólo se basa en el fin común al cual los miembros concurren; dicha finalidad no es otra que el bien común.
Lo que hace a la autoridad un elemento esencial de la sociedad política es la distinción esencial que media entre el bien particular y el bien común. Tratándose de una diferencia específica, los requerimientos propios del bien común no pueden verse satisfechos por el mero juego de las acciones individuales, que se ordenan de suyo a la satisfacción de las necesidades individuales de cada miembro.
Cada ciudadano es capaz, en condiciones normales, de subvenir a las exigencias de su conservación, de su trabajo, de la constitución de su hogar, etc. Pero resulta evidente que no todo ciudadano o padre de familia, puede desempeñarse eficazmente como ministro de economía o legislador.
Tales funciones requieren un conocimiento pormenorizado de las exigencias concretas del bien común nacional, y una prudencia mayor, puesto que los intereses en juego son más importantes. De lo anterior, se sigue la necesidad que toda sociedad política tiene de asignar a un grupo de personas el ejercicio del poder público. Es la naturaleza propia del bien común la que impone como obligación absoluta la existencia de una autoridad social, capaz de asumirlo como tarea propia.
Obediencia a la autoridad
Si la autoridad viene de Dios, nada más evidente que la obligación de obedecer a los poderes legítimos, siempre que legislen y orden dentro de la esfera de sus atribuciones. No obsta a la obediencia el que estos poderes desconozcan que imperan en virtud de la autoridad que Dios les confiere, ni el que sean indignos moralmente sus poseedores; mientras estén constituidos legítimamente en el poder y no prescriban cosa injusta o perversa, la obediencia es obligatoria, aún en el foro de la conciencia.
Cuando en Roma resonaba la palabra de San Pablo, explicando que no hay poder que no dimane de Dios y que quien resiste al poder, a Dios resiste, porque el gobernante es ministro de Dios (Rom 13, 1), imperaba el tirano Nerón.
Legitimidad del poder
Quien ejerce el poder en una sociedad política, no lo hace como un mero hecho de fuerza bruta, sino como función jurídicamente encuadrada. Entonces, el poder público se justificará cuando en su ejercicio tienda al fin para el cual existe. Tal es la llamada legitimidad de ejercicio: el procurar el bien común legitima o hace legítimo al poder en su ejercicio, aunque el gobernante haya accedido al cargo, por vía de un golpe de Estado, o como resultado de una guerra. Normalmente, el consenso social prolongado, en un clima de relativa tranquilidad pública, revela tácitamente la legitimación de un gobernante.
Ejercer el poder injustamente, en violación al derecho, en contra del bien de la comunidad, etc., hace decaer esa legitimidad. Si tal ilegitimidad se torna permanente, grave y dañina para la comunidad, éste tiene derecho a defenderse, resistiendo al gobernante que ha desviado el ejercicio del poder, y, eventualmente, deponerlo.
Hay otra forma de legitimidad del poder, que se llama legitimidad de origen: se refiere al título del gobernante que ejerce el poder; es decir, al modo regular o legal como ha llegado al poder, y no a como lo ejerce. Hay legitimidad de origen, cuando el gobernante deriva su título del derecho vigente en un Estado (Constitución y leyes), o sea, cuando ha accedido al poder de acuerdo con el procedimiento previsto en las normas vigentes.
Como ya dijimos, un gobernante que accedido al poder por una vía no prevista legalmente -ilegitimidad de origen-, puede legitimarse por su actuación desde el poder -legitimidad de ejercicio. A la inversa, un gobernante que accedió al poder según el procedimiento establecido, puede perder la legitimidad de ejercicio.
Resistencia al poder injusto
La resistencia al poder supone la distinción entre lo justo y lo injusto, según el orden natural y según la ley positiva. El problema entonces consiste en determinar en qué medida un ciudadano debe acatar una ley injusta y respetar a la autoridad pública que la ha promulgado. Al respecto, Santo Tomás enseña que la ley injusta es más una violencia que una ley propiamente dicha, pues no tiene de ésta sino la apariencia.
La doctrina establece cuatro tipos o grados de resistencia, que permiten matizar la aplicación de los principios, según las circunstancias y el juicio prudencial:
Resistencia pasiva: consiste en negarse a obedecer las leyes injustas, que serán tales, cuando se aparten o contradigan las exigencias del bien común, o cuando desconozcan un derecho fundamental de la persona.
Hay leyes que son malas en sí mismas, como las que autorizan el aborto o la eutanasia. También es lícita la resistencia pasiva, frente a medidas económicas que implican un evidente perjuicio para el interés nacional (privatizaciones), o un perjuicio a los bienes particulares (congelación de depósitos bancarios).
La resistencia pasiva es, no sólo un derecho, sino también un deber.
Resistencia activa: se subdivide en dos tipos, a saber:
a) Resistencia legal: consiste en emplear todos los medios que la ley acuerda, para impedir la aplicación de una medida de gobierno, o lograr su modificación o derogación, según los casos. Ejemplos: derecho de peticionar ante las autoridades; gestionar la declaración de inconstitucionalidad, de parte de los jueces; organización de campañas de opinión y firma de petitorios; huelgas, etc.
b) Resistencia activa de hecho: supone el empleo de medios físicos. Ejemplos: rechazo, por la fuerza, de la ocupación de propiedades; cruce de vehículos sobre las rutas o calles; huelgas con cesación de servicios o toma de edificios públicos, etc.
Rebelión: es la situación a que se llega cuando han habido frecuentes abusos del poder político, que hacen inevitable tratar de deponerlo por la fuerza. La rebelión o revolución, puede ser legítima en casos extremos, por cuanto es una extensión o analogía del derecho individual de legítima defensa, en caso de injusta y grave agresión. Además, cuando quien abusa del poder, incurre en una doble ilegitimidad -de origen y de ejercicio-, pueden quienes se rebelan -en caso de que sea inevitable, para deponerlo- darle muerte, pues se trata de un usurpador. Lo que la doctrina excluyó siempre es el tiranicidio a título privado, o sea, cuando un particular elimina al tirano, sin representación auténtica del interés comunitario.
Tanto para la rebelión como para la resistencia activa de hecho, deben tenerse en cuenta los requisitos que fija la doctrina, resumida en el Catecismo:
“La resistencia a la opresión de quienes gobiernan no podrá recurrir legítimamente a las armas sino cuando se reúnan las condiciones siguientes: 1) en caso de violaciones ciertas, graves y prolongadas de los derechos fundamentales; 2) después de haberse agotado todos los otros recursos; 3) sin provocar desórdenes peores; 4) que haya esperanza fundada de éxito; 5) si es imposible prever razonablemente soluciones mejores.” (Nº 2243)
Las indicaciones doctrinarias son precisas, y deben servir para evitar insurrecciones o guerras civiles, cuando no se dan las condiciones mínimas para asegurar el bien común. En palabras de Pablo VI: “No se puede combatir un mal real al precio de un mal mayor” (PP, 31) Y como antes citamos la exhortación de San Pablo a la obediencia, debemos recordar la aclaración del teólogo Belarmino sobre la conducta de los primeros cristianos, que padecían abusos en Roma. Si no depusieron a Nerón, a Juliano el apóstata, al arriano Valente y a otros semejantes, no fue porque no tuvieran derecho a hacerlo, sino porque les faltaban fuerzas para ello.”
Política y moral
La política es la actividad humana que desarrollan los hombres para participar en la vida cívica y obtener o influir en el poder público. Al respecto, debemos analizar dos teorías erróneas sobre la política.
►El movimiento “Acción Francesa”, que tuvo cierta gravitación durante el siglo XX, concibió a la política como una ciencia física, que comprueba fenómenos de la naturaleza y los organiza en leyes, del mismo modo que, por ejemplo, la botánica. La sociedad no sería una realización libre del hombre que actualiza las virtualidades sociales depositadas en su ser, sino el producto necesario de necesarios instintos. Queda, por lo tanto, eliminado de la fundación y estructura de la sociedad el elemento virtud, ya que en ella no interviene ninguna determinación libre. Excluida la virtud, resulta que la vida política es ajena a la justicia. Su fin específico no será el bien común temporal, como enseña la moral cristiana, sino el interés nacional.
Aunque inspirados en otras corrientes filosóficas, el maquiavelismo y el fascismo, guardan grandes afinidades con la ideología maurrasiana (por Maurras, fundador de la Acción Francesa). Maquiavelo, privado de toda inteligencia religiosa e imbuido de las concepciones grecorromanas de la vida, ve en la patria la única grandeza espiritual, capaz de inspirar y engendrar la gloria, el heroísmo, el trabajo y la creación.
La patria es una divinidad en cuyo altar hay que inmolarlo todo. Cuanto se haga por ella está justificado, y las acciones que en la vida privada serían malas, si se hacen por la patria son magnánimas. La razón de Estado, encierra en sí plena justificación.
Para el fascismo, a su vez, el Estado es la verdadera realidad del individuo; para el fascista todo está dentro del Estado, y nada de humano o espiritual se halla fuera del Estado. Por eso es totalitario.
► Al fisicismo de la Acción Francesa, se opone diametralmente el individualismo de Rousseau; para él, la política es un mero arte, derivado íntegramente de la voluntad libre del hombre. Para Rousseau el hombre ha nacido libre, con la libertad del salvaje en un bosque, y así ha de permanecer esencialmente. Como todos los hombres son libres, es inconcebible e injusta la menor subordinación. Pero, como la sociedad política es inevitable -para mejorar el nivel de vida-Rousseau busca construirla en forma tal que nadie se vea quebrantado en su libertad e igualdad esenciales. Para ello, finge un pacto social, por el cual los hombres hasta entonces libres consienten en vivir en sociedad, concebida como un producto artificial, donde sólo rige la voluntad general, o sea la multitud numéricamente computada.
Doctrina católica de la política: para determinar la esencia de la política, es necesario distinguir dos tipos de acciones humanas:
a) Lo factible: se refiere al hacer del hombre; las acciones ejercidas sobre la naturaleza externa (construir una mesa, levantar un edificio). Está regido por la virtud intelectual de arte.
b) Lo agible: se refiere al obrar humano; acciones ejercidas dentro del hombre (pensar, decidir). Está regido por la virtud intelectual y moral de la prudencia: que obtiene de los principios morales, conclusiones prácticas aplicables a cada caso concreto.
Como la política persigue el bien común, que no es un bien físico, y la principal actividad del político es mandar o liderar a otros, no cabe duda que pertenece al campo del obrar humano, no al del hacer. Por consiguiente, si es una actividad agible, debe estar regida por la prudencia, no por el arte, como se ha entendido generalmente, desde Maquiavelo. No es, entonces, “el arte de lo posible”.
No pueden caber dudas sobre la naturaleza moral de la política, a la que podemos definir como: “la actividad prudencial, que consiste en hacer posible lo necesario para el bien común.”
Lo permanente de la sociedad política
Política y político derivan de polis, palabra griega con la que se identificaba a la ciudad-estado, o sea, la pequeña organización o estructura de la comunidad griega. Un grupo humano que convive territorialmente en un mismo espacio físico, no puede mantener su convivencia si no se organiza. Organizarse significa ordenarse en busca de un fin y con unos medios para alcanzarlo.
El fin consiste, simplemente, en satisfacer todas las necesidades comunes que hacen a la convivencia del grupo y de sus miembros, es decir, alcanzar en conjunto todo lo que cada hombre aislado, o en un grupo menor, no podría alcanzar. Para alcanzar ese fin, el medio más importante es la existencia de una jefatura; de una autoridad con poder suficiente para hacer, mandar y prohibir todo lo que interesa al grupo.
Cuando el grupo territorial se organiza, esa organización tiene naturaleza política. La sociedad, como grupo máximo, adquiere una organización política. Surge una sociedad política, destinada a procurar el bien común de la comunidad. En ese marco adquiere orden la convivencia, alcanzan armonía y equilibrio las actividades de todos los hombres y grupos; por eso a la sociedad política se la llama comunidad perfecta.
No significa que haya alcanzado el máximo nivel de progreso humano; perfecta significa que no hay otra que pueda brindar al hombre lo que ella le proporciona: el abastecimiento de todas las necesidades de su vida y de la convivencia. Equivale a comunidad autosuficiente, porque se basta a sí misma; dispone de los medios para alcanzar su fin.
La existencia de una sociedad política en cada pueblo, se ha dado siempre y se dará en el futuro, porque responde a una necesidad de la naturaleza humana. Pero la forma concreta de la organización, de la estructura, de cada sociedad política, es variable. Depende de una decisión libre, reflexiva y consciente de quienes integran un pueblo determinado. En el mundo moderno, la sociedad política típica se conoce como Estado.
Elementos del Estado
Podemos definir al Estado como: el órgano de síntesis, planeamiento y conducción de una sociedad territorialmente delimitada, destinado a procurar el bien común.
Suelen mencionarse como datos constitutivos o determinantes del Estado: la población, el territorio, el poder y el gobierno.
►Población: es el elemento humano del Estado; sin hombres no hay Estado. La población de un Estado la integran cuantos conviven en el territorio bajo su jurisdicción. Se reserva el concepto de pueblo, para la parte de la población subordinada jurídicamente al Estado, pues sus miembros poseen la ciudadanía -por haber nacido en el territorio, o por haber optado por ella, habiendo nacido en otro país. También integran la población, quienes viven transitoriamente en el territorio, por distintos motivos, siendo extranjeros.
►Territorio: el Estado es una asociación territorial o espacial, porque requiere el marco físico o geográfico donde conviven sus miembros. El territorio delimita el ámbito espacial donde se ejerce el poder de un Estado.
►Poder: es la fuerza o energía, que debe utilizar el Estado para lograr su fin. No se trata de fuerza física, exclusivamente; más bien, una energía moral, una autoridad, en el sentido de predominancia social que logra acatamiento. La fuerza del poder estatal, proviene del asentimiento comunitario que le da sustento y lo respalda. El poder del Estado es político, porque la actividad que engendra y desarrolla es política.
El poder del Estado puede crecer y disminuir, puede expandirse o retraerse, por múltiples factores. Así, un gobierno de ideología liberal buscará debilitar el poder estatal, para dar mayor libertad a la iniciativa privada. En el otro extremo, una concepción totalitaria incrementará el poder estatal, hasta que todo lo social se esté subordinado. Si es inaceptable un Estado totalitario, tampoco puede aceptarse una limitación del poder estatal, que le impida hacer lo necesario, y quede a merced de algunos intereses particulares o de sector. En este caso, no podrá satisfacer el bien común.
Como ya explicamos, el poder del Estado posee una cualidad especial: la soberanía. Si en un momento determinado el poder del Estado deja de ser supremo en la jurisdicción territorial que le corresponde, y se subordina, de hecho, a otro poder, significa que dicho Estado ha dejado de existir.
►Gobierno: el poder como aptitud o capacidad de acción, es una potencia, que requiere ser puesta en acto. Para ello, hacen faltan hombres que sean titulares del poder y que lo ejerzan, usando aquella capacidad o energía. A quienes ejercen el poder estatal, se los denomina en conjunto, gobierno. El gobierno representa al Estado y actúa en su nombre.
Si el gobierno fuese ejercido, en la variedad de sus funciones, por un sólo hombre o un pequeño grupo, esa concentración podría degenerar en abusos de poder. Por eso, y también para hacer más eficaz la acción gubernativa, desde antiguo se ha procurado distribuir el poder. Desde Montesquieu, se ha generalizado la tendencia a lo que se llama la división de poderes.
En realidad, el poder del Estado siempre es único e indivisible; lo que se divide y separa son los órganos que ejercen el poder y las funciones que se encomiendan a esos órganos. Así surgen las tres ramas o “poderes” en que suelen separarse las funciones del Estado: Legislativa - Ejecutiva - Judicial.
Juan Pablo II considera que:
“Tal ordenamiento refleja una visión realista de la naturaleza social del hombre, la cual exige una legislación adecuada para proteger la libertad de todos. A este respecto, es preferible que un poder esté equilibrado por otros poderes y otras esferas de competencia, que lo mantengan en su justo límite.” (CA, 44)
Formas de Estado y de Gobierno
La autoridad responde a un orden fijado por Dios, pero la determinación del régimen y la designación de los gobernantes depende de la libre voluntad de los ciudadanos. La Iglesia no tiene preferencias. “La diversidad de los regímenes políticos es moralmente admisible con tal que promuevan el bien legítimo de la comunidad que los adopta.” (CIC, 1901) En cambio, los regímenes cuya naturaleza es contraria a la ley natural, al orden público y a los derechos fundamentales de las personas, no pueden realizar el bien común.
Las formas de Estado serán las formas de organización del Estado mismo, mientras las formas de gobierno se refieren a las formas de organización del elemento del Estado llamado gobierno. Dicho de otro modo, las formas de gobierno responden a la pregunta: ¿quién manda?, es decir, se ocupa de los titulares del poder. En cambio, las formas de Estado, responden a la pregunta: ¿cómo se manda?. Es decir, se ocupan del modo de ejercer el poder.
Formas de Estado: para conocer cómo se ejerce el poder, hay que relacionar el elemento poder con otros dos elementos del Estado: población y territorio.
a) Con relación al territorio, el poder se puede ejercer en forma centralizada o descentralizada. La forma centralizada, es la forma de Estado unitaria: el Estado es unitario porque su poder se ejerce políticamente centralizado en un lugar del territorio.
La forma descentralizada, es la forma de Estado federal: el Estado es federal porque su poder se ejerce políticamente descentralizado en distintos lugares del territorio.
b) Con relación a la población, el poder se puede ejercer: reconociéndoles su dignidad, libertad y derechos, o restringiéndolos, o negándolos. El reconocimiento implica la forma de Estado democrática; la restricción implica la forma de Estado autoritaria; la negación implica la forma de Estado totalitaria.
Podemos graficar lo expresado, con el siguiente esquema:
FORMAS DE ESTADO
(Cómo se ejerce el poder)
Poder/Territorio:
Estado Unitario (centralización política territorial)
Estado Federal (descentralización política territorial)
Poder/Población:
Estado Democrático (reconocimiento de dignidad, libertad y dd. del hombre)
Estado Autoritario (restricción)
Estado Totalitario (negación)
Aunque existen distintas maneras de clasificar las formas de gobierno, sigue siendo útil -por su sencillez- el criterio numérico para distinguir las formas de gobierno, según que el gobernante sea: uno sólo (monarquía), varios ( aristocracia), o muchos (república).
Aristóteles conjugó esta clasificación cuantitativa, con un criterio cualitativo, atendiendo al fin para el cual el gobernante ejerce el poder. Así, las formas citadas integran la categoría de puras o justas, en las que el gobernante ejerce el poder buscando el bien común.
Cada una de esas tres formas puras, se convierte en impura o injusta, cuando el fin perseguido por el gobernante es un bien particular (propio, de una clase, de un partido). Así, la monarquía se transforma en tiranía, la aristocracia en oligarquía, y la república en democracia.
Podemos ver mejor esta clasificación en un cuadro:
FORMAS DE GOBIERNO
(Quién ejerce el poder)
Uno ► ► Monarquía (forma pura) Tiranía (forma impura)
Varios ► ► Aristocracia (forma pura) Oligarquía (forma impura)
Muchos ► ► República (forma pura) Democracia (forma impura)
La inclusión de la democracia entre las formas impuras, puede llamar la atención, puesto que habitualmente, incluso por quienes usan esta misma clasificación, suele ser considerada una forma justa -y hasta la única aceptable-, denominando a la forma injusta “demagogia”. Hemos preferido mantener las denominaciones que se usaron hasta el Renacimiento, y son las que figuran en las obras de Aristóteles[1] y de Santo Tomás[2].
Ya mostramos que la Iglesia no tiene objeción que hacer a la democracia, como forma de Estado. Pero la forma democrática de gobierno, tal como la pensaron sus promotores en el mundo moderno -Rousseau, Stuart Mill, Montesquieu- está basada en el mito de la soberanía del pueblo. En el módulo 7 expusimos la crítica científica a dicha concepción, así como la posición negativa de la Iglesia.
Recordemos ahora, la enseñanza de San Pío X, que en “Notre charge apostolique”, nos alerta que la Iglesia:
“Ha condenado una democracia que llega al grado de perversidad que consiste en atribuir en la sociedad la soberanía al pueblo.”
En cambio, la forma republicana de gobierno no merece ninguna objeción, ni desde el punto de vista científico, ni desde el enfoque doctrinario. La caracterización de esta forma de gobierno se describe habitualmente por los siguientes elementos:
a) división de funciones;
b) elección de los gobernantes;
c) periodicidad en el ejercicio del gobierno;
d) publicidad de los actos de gobierno;
e) responsabilidad por dichos actos;
f) igualdad de los ciudadanos ante la ley.
La participación política
El aspecto más importante del funcionamiento de la sociedad política, es la selección de quienes ocuparán el gobierno del Estado. En el mundo contemporáneo, en todos los Estados democráticos, la selección mencionada se realiza a través de los partidos políticos. Éstos son agrupaciones de ciudadanos, que buscan apoyo social para competir por el poder y participar en la conducción del Estado.
El Concilio Vaticano II reconoció que:
“Es perfectamente conforme con la naturaleza humana que se constituyan estructuras político-jurídicas que ofrezcan a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna y con perfección creciente, posibilidades efectivas de tomar parte libre y activamente en la fijación de los fundamentos jurídicos de la comunidad política, en el gobierno de la cosa pública, en la determinación de los campos de acción y de los límites de las diferentes instituciones y en la elección de los gobernantes.” (GS, 75)
No obstante, la crítica al sistema de partidos es generalizada. Los Obispos argentinos han señalado que: “Los partidos políticos se están desdibujando. No se percibe en ellos una adecuada y clara escala de valores que los rijan. Han dejado de ser escuela de civismo para sus adherentes e instrumento de selección de los mejores y los más aptos para la consecución de los cargos públicos.” (12-5-01)
Lo más grave, en el caso argentino, es que la reforma de la Constitución Nacional, en 1994, les concedió a los partidos el monopolio de la representación política, lo que facilita la partidocracia: situación en que las decisiones estatales se subordinan a la conveniencia circunstancial de los dirigentes de los partidos más influyentes.
Entonces, más que nunca, debe recordarse la obligación moral que señala el Catecismo: “Los ciudadanos deben cuanto sea posible tomar parte activa en la vida pública” (Nº 1915). Pero, quien ha insistido con severidad en dicha obligación, es el Papa Juan Pablo II:
“...los fieles laicos de ningún modo pueden abdicar de la participación en la política...todos y cada uno tienen el derecho y el deber de participar en la política...”. Agrega que, las dificultades y riesgos que puedan existir en la acción política, “no justifican lo más mínimo ni la ausencia ni el escepticismo de los cristianos en relación con la cosa pública.” (CL, 42)
Aun más, la Constitución Gaudium et Spes, señala que: “La Iglesia alaba y estima la labor de quienes, al servicio del hombre, se consagran al bien de la cosa pública y aceptan las cargas de este oficio” (GS, 75)
Hacer política como cristianos
Una de las consecuencias de la caída del muro de Berlín, que provoca el aparente fin de las ideologías, es el riesgo de un pragmatismo sin ideales. Mientras en toda ideología hay “semillas de verdad”, y los errores pueden corregirse, la política sin ideales se traduce inevitablemente en la búsqueda del poder por sí mismo. Entonces quien quiera hacer política como cristiano, debe ser fiel a criterios marcados por el magisterio social de la Iglesia:
A) Coherencia con los valores del Evangelio, que ha revelado al hombre valores de una antropología sobre la que puede fundarse una sociedad justa y fraterna. La coherencia no debe ser sólo en la teoría sino vivida en el plano personal, y testimoniada en la esfera pública.
B) La coherencia debe ser subjetiva y objetiva. La subjetiva, está basada en la legitimidad del pluralismo político de los cristianos, lo que no equivale a una diáspora cultural. Dondequiera actúen los católicos deben estar unidos en defensa de los valores éticos fundamentales. La coherencia objetiva, consiste en el deber de discernir si los elementos objetivos de una opción política son aceptables según el magisterio. El cristiano no puede - enseña Juan Pablo II- aceptar que toda idea o visión del mundo es compatible con la fe, ni aceptar una fácil adhesión a fuerzas políticas y sociales que se oponen, o que no prestan la suficiente atención a los principios de la Doctrina Social de la Iglesia . El juicio sobre la coherencia objetiva corresponde tanto al fiel individual como a la Iglesia.
C) El método de hacer política debe procurar la concordia y rechazar el totalitarismo. Recordemos que una de las ideologías condenadas por la Iglesia fue el fascismo, mediante la Encíclica “Non abbiamo bisogno”, de Pío XI. Precisamente, la definición de Mussolini de su ideología, sirve para encuadrar el concepto de totalitarismo: “Todo en el Estado, todo para el Estado, nada fuera del Estado”.
D) Laicidad de la política. La realidad temporal tiene su propia consistencia ontológica. No se puede deducir de la fe un modelo político; el Evangelio señala los valores que inspiran la acción política, pero no indica los programas. Tampoco es lícito poner la política al servicio de la jerarquía (clericalismo), ni dirigirla al apostolado o a la evangelización (confesionalismo).
E) Autonomía de las opciones políticas. Los laicos no son meros ejecutores de disposiciones de la jerarquía en el campo social; son ellos los que deben buscar soluciones a los problemas concretos. Además, pueden ayudar en la elaboración de la misma Doctrina Social de la Iglesia, con sus conocimientos y experiencia de la realidad.
F) Espiritualidad y profesionalidad. La opción política del cristiano es fruto de una doble fidelidad: a los valores morales, y a las reglas propias de la actividad política, que no surgen de la Revelación, sino que pertenecen al plano de la razón, y deben estudiarse científicamente. No basta pues, ser buenos cristianos para ser buenos políticos. Se necesitan hombres que vivan la política con vocación y que se preparen conscientemente. Sabiendo, no obstante, que el tiempo reservado para la oración no es tiempo perdido. En frase de San Juan Crisóstomo: “el hombre que ora tiene las manos en el timón de la historia”.
Actitud política de los católicos frente al sistema de partidos
1. Uno de los aspectos más criticados de la política contemporánea es el de la representación. La democracia liberal, cuyos errores teológicos y filosóficos fueran severamente señalados en los documentos pontificios , ha derivado en lo que se ha llamado “partidocracia”. Esta comunicación pretende esbozar un criterio, basado en los principios de la filosofía política católica, que sirva de guía para la actuación de los católicos en la vida cívica argentina.
2. La crítica al sistema contemporáneo de partidos está, obviamente, justificada. Dicho sistema se basa en la llamada democracia indirecta o representativa, consistente en que, como todo el pueblo -en quien se supone reside la soberanía- no puede gobernar por sí mismo, debe delegar en sus representantes la función de gobierno, sin abandonar por ello la soberanía. Como el gobierno -especialmente el Congreso- debe representar la Voluntad General, se establece por medio de una ficción jurídica que cada representante representa, no a los ciudadanos que lo han elegido, sino a todo el pueblo. Con lo cual se invalida en la práctica la figura invocada del mandato, según la cual los gobernantes reciben al ser elegidos un mandato del pueblo, para ejercer en su nombre el gobierno.
En efecto, esta figura se podía aplicar legítimamente durante la Edad Media, con la monarquía tradicional, pues en las cortes o asambleas los representantes eran elegidos por un grupo social determinado (estamentos, ciudades, corporaciones) y únicamente representaban a ese grupo, con mandato “imperativo” a través de instrucciones precisas que, en caso de no ser cumplidas fielmente por el representante, el mandato de éste podía ser revocado.
Por el contrario, en los parlamentos modernos -y ya desde la Revolución Francesa- se prohíben los mandatos imperativos, y los representantes ejercen una representación “libre”, es decir que, una vez elegidos -si bien alegan actuar en nombre del pueblo-, no reciben órdenes de sus electores y actúan con total independencia.
Por otra parte, todos los representantes son propuestos al electorado por los partidos políticos, únicas entidades que tienen acceso legal a los cargos públicos electivos, no permitiéndose ni las candidaturas de ciudadanos independientes ni la representación de otros grupos sociales (CN, Art. 38).
Es por estar basado en el mito de la soberanía popular y en una falsa teoría de la representación, que el sistema actual de partidos políticos carece de solidez y produce efectos negativos en la sociedad. “Es ficción considerar al pueblo susceptible de representación, y como unidad unificada que confiere mandato; ficción es suponer que el parlamento representa a la totalidad del pueblo; ficción que los actos de los representantes son actos del pueblo; ficción que el pueblo gobierna” .
Otra distorsión anexa, es el mecanismo electoral que consiste en convocar periódicamente a los ciudadanos para elegir entre las listas de candidatos presentadas por los partidos, para cubrir muchos cargos simultáneamente: Intendente, Concejales, Tribunal de Cuentas Municipal; Gobernador y Vice, Legisladores Provinciales, Tribunal de Cuentas Provincial; Diputados y Senadores Nacionales; Presidente y Vice. Resulta difícil para el ciudadano común conocer a todos los candidatos, ni siquiera de uno de los partidos; es una forma de votar a ciegas, obligado a optar entre diferentes listas, sin posibilidad real de elegir, ni de pedir luego rendición de cuentas a quienes votó, entre otras cosas, porque el voto es secreto y no puede demostrar el apoyo que les brindó.
3. Durante la vigencia de la monarquía, la actividad gubernamental estaba a cargo del propio rey y de la nobleza, es decir, el estamento aristocrático que rodeaba al rey y cuyos integrantes se preparaban para la guerra y el gobierno. Las cortes o asambleas, ya mencionadas, se limitaban a informar y asesorar al rey sobre los problemas e inquietudes, y, en casos excepcionales, a consentir medidas de emergencia como impuestos especiales, pero la decisión estaba reservada al monarca que representaba la unidad del reino, al estar por encima de todos los sectores.
Al ser reemplazada la monarquía por el sistema republicano, surge la necesidad de sustituir a la nobleza en dicho rol, y este lugar lo ocupan -aunque imperfectamente-, los representantes del pueblo, elegidos a través de los partidos políticos.
4. La alternativa que proponen distinguidos profesores y publicistas católicos, consiste -explícita o tácitamente- en sustituir el régimen de partidos por: a) una participación activa en la vida socio-política de los cuerpos intermedios; y b) la dictadura como forma de gobierno.
Los cuerpos intermedios son las asociaciones ubicadas entre la familia y el Estado, que persiguen un fin común (sindicatos, entidades profesionales, cámaras empresarias, centros vecinales, cooperativas, mutuales, cooperadoras escolares, etcétera). Toda sociedad contiene en su seno infinidad de entidades y grupos mediante los cuales los hombres tratan de lograr objetivos que sirven a su perfección. Un sano orden social requiere la aplicación del principio de subsidiariedad que demanda que el Estado no absorba las actividades que pueden realizar eficazmente las asociaciones inferiores. En virtud de este principio, la Iglesia siempre sostuvo que los cuerpos intermedios deben gozar de la mayor autonomía posible y ocuparse de muchas tareas que hoy el Estado tiene a su cargo y le impiden ejercer correctamente el rol que le compete como gestor del Bien Común. Asimismo, mediante la interconexión y colaboración mutua, los cuerpos intermedios pueden constituir organismos que resuelvan por sí mismos ciertos problemas sociales y económicos, evitando la lucha de clases: es lo que se llama corporativismo u organización profesional.
En este sistema, los grupos intermedios se van articulando hasta formar un Consejo o Cámara nacional en la que se hallan representados todos los grupos e intereses sociales existentes en la sociedad, con la finalidad de asesorar al gobierno, o, incluso, cumplir funciones legislativas. No cabe duda de que este sistema, recomendado por el magisterio pontificio -especialmente en la Encíclica “Cuadragésimo Anno”-, permite un mejor funcionamiento de la sociedad y a la vez impide los posibles abusos del Estado, pero no puede asumir -en exclusividad- la conducción de éste, ni ocuparse de la actividad específicamente política.
“Es verdad que estos grupos, si bien necesarios, cada uno según su propia finalidad específica, representan sólo intereses delimitados y parciales, no el bien universal del país. No tienen, por consiguiente, competencia para participar en aquellas decisiones superiores que son peculiares del supremo poder político, primer responsable del bien común” (Carta de la Secretaría de Estado del Vaticano a la XXVI Semana Social de España, 18-3-1967).
5. Es por eso que, inevitablemente, cuando no se quiere aceptar la existencia de los partidos, se busca una monarquía sin corona: la dictadura. “Sólo la institución de la Dictadura, encarnada en una personalidad central y un equipo de hombres...puede realizar la Revolución Nacional” (Cabildo, julio de 1981). No negamos que pueda resultar inevitable y hasta conveniente establecer un gobierno de facto para producir un cambio integral en nuestro país, desquiciado hasta extremos difíciles de revertir, luego de tantos años de influencia liberal. Pero ocurre que, por definición, la dictadura es “una fórmula de transición”, que no “puede prolongarse indefinidamente” .
Sus creadores, los romanos, limitaban su duración a seis meses; aunque aquí se prolongara seis años, ¿bastaría ese lapso para producir los cambios necesarios? Las dictaduras nacionales de Franco, en España, y de Oliveira Salazar, en Portugal, que se extendieron por más de 30 años, demuestran que no es así. Por eso, la alternativa comentada, como reemplazo de la partidocracia, no nos parece satisfactoria como solución factible y útil.
6. Hecho el análisis precedente, se advierte que la empresa de reconstruir el orden social no es sencilla ni fácil, y los católicos debemos aceptar la guía de la Iglesia, cuya experiencia milenaria resulta invalorable, sin olvidar que es depositaria de la Verdad. Pues bien, la doctrina de la Iglesia en materia de regímenes políticos, nos enseña que, en el terreno de las ideas, los católicos pueden preferir uno u otro, incluso llegar a precisar cuál es el mejor, en abstracto, puesto que la Iglesia no se opone a ninguna forma de gobierno legítimo. Pero, en cada sociedad, las circunstancias históricas van creando una forma política específica, que rige la selección y reemplazo de los gobernantes. Y, como toda autoridad proviene de Dios, cuando se consolida de hecho un régimen político determinado, “su aceptación no solamente es lícita, sino incluso obligatoria, con obligación impuesta por la necesidad del bien común...” .
7. En nuestro país, existe desde hace 198 años la forma republicana de gobierno, que no podemos desconocer, como tampoco negar la vigencia de la Constitución que le dio fuerza legal, sin desviarnos de la doctrina que acabamos de citar. A partir de estas realidades es que debemos desplegar nuestro esfuerzo por mejorar el funcionamiento de la sociedad en que la Providencia nos ha colocado.
Por otra parte, la actuación de los partidos no es necesariamente mala. En efecto, en todos los tiempos, los hombres se han agrupado en torno a líderes, ideas o intereses, para tratar de influir en la conducción de la sociedad, incluso cuando regía la monarquía y existía la aristocracia. La parte no siempre constituye una facción, ni la discrepancia afecta al bien común, mientras se mantenga dentro de ciertos límites. Por eso la Iglesia reconoce como legítima “la diversidad de pareceres en materia política...La Iglesia no condena en modo alguno las preferencias políticas, con tal que éstas no sean contrarias a la religión y la justicia” .
8. Ahora bien, ya hemos dicho que los grupos sociales intermedios -que por ser intermediarios entre la familia y el Estado, son infrapolíticos- no pueden asumir la conducción del Estado ni ejercer la actividad específicamente política.
En primer lugar, porque los intereses sociales contrapuestos no pueden, en muchos casos, lograr un acuerdo, necesitando entonces la intervención del Estado, que se halla por encima de dichos intereses de sector. “No hay más solución que atribuir la decisión definitiva de los conflictos de intereses entre los grupos profesionales, a una autoridad, creada con arreglo a una ley ajena al principio corporativo; o bien a un parlamento elegido por todo el pueblo, o a un órgano de complexión más o menos autocrática” .
Por otra parte, “...cada estructura intermedia no expresa al hombre en su totalidad. A través de ellas, el hombre se expresa en tanto trabajador, como jefe de familia, como vecino de un municipio, como empresario, como profesional, como técnico. Pero para lograr el hombre falta algo; eso único e incomunicable que constituye la persona; el hombre es más que la suma de sus expresiones parciales y a veces contradictorias que expresan los grupos. Me parece imposible, cualquiera sea el lugar que le corresponda a los cuerpos intermedios en la determinación de la política, eliminar la voz del hombre” .
Además, la eficacia de los representantes de los grupos sociales está dada por el conocimiento, la competencia, que poseen en el manejo de la actividad que representan, pero la mayoría de ellos no poseen las cualidades requeridas por la actividad política, ni pueden dejar de defender los intereses del propio grupo o estamento, sin perder la condición de dirigentes del mismo. Por ello, la conducción global de la sociedad, que compete al Estado, debe estar reservada a un tipo de personas con características especiales.
“El hecho natural de la existencia de un estamento dirigente de la vida política,...se conecta con la doctrina clásica de la vocación, según la cual en los hombres existen aptitudes naturales para los diversos oficios que requiere la comunidad, incluso para el más elevado, esto es, el oficio político, pues, como decía Aristóteles, hay hombres cuya tarea propia parece ser la de gobernar a los demás” .
9. Entonces, ¿a través de qué medios puede seleccionarse a los hombres que habrán de gobernar en un sistema republicano, y en qué tipo de entidades habrán de agruparse de acuerdo a sus preferencias políticas? En el mundo contemporáneo, en la casi totalidad de Estados, existen sistemas pluripartidarios o de partido único; las pocas excepciones consisten en Estados con gobiernos militares. Pero, aún en esos casos, la experiencia del último siglo indica que, luego de períodos transitorios, se produce “el eterno retorno de los partidos” . No se ha logrado articular todavía una forma de convivencia que pueda prescindir de los partidos en la actividad política.
Como reconoce el Concilio Vaticano II: “Es perfectamente conforme con la naturaleza humana que se constituyan estructuras político-jurídicas que ofrezcan a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna y con perfección creciente, posibilidades efectivas de tomar parte libre y activamente en la fijación de los fundamentos jurídicos de la comunidad política, en el gobierno de la cosa pública, en la determinación de los campos de acción y de los límites de las diferentes instituciones y en la elección de los gobernantes” (Constitución Gaudium et Spes, p. 75).
El profesor Félix Lamas ha explicado, con mucha claridad, que los partidos: “Pueden considerarse de existencia necesaria en la misma medida en que es inevitable una cierta dosis de discordia en toda comunidad...”, y por ello es que hay “un margen funcional admisible en los partidos: pueden constituir vehículos de opinión o canales del querer sobre cuestiones opinables, cuando éstas no encuentren adecuada expresión a través de las comunidades naturales, vgr.: la postulación de candidatos o el sostenimiento de un determinado programa conforme con el bien común” (Cabildo, setiembre de 1982).
Un publicista de tanto prestigio como Messner reconoce que no se puede negar que: “El derecho de formación y de la actividad de los partidos en el Estado moderno pertenezcan a los derechos naturales” . Por su parte, Creuzet añade: “Acontece también que su existencia resulta el único medio de contrabalancear el poder tiránico de un Estado descarriado... En este caso, los partidos de la oposición se transforman en verdaderos cuerpos intermedios, apoyo de las personas, de las familias, de los otros cuerpos sociales, en su justa resistencia contra la tiranía” .
Debe reflexionarse, además, en que hoy, más que nunca, la actividad gubernamental es tremendamente compleja y requiere una formación adecuada, que se adquiere luego de muchos años de estudio y experiencia. Precisamente, porque no aceptamos la ilusión populista de que cualquier persona puede desempeñar un cargo público, ni bastan la honestidad y el patriotismo para gobernar con eficacia, es que pensamos que resulta imprescindible constituir grupos de hombres con auténtica vocación política, que se preparen seriamente para gobernar. Y, por ahora, no hay otra vía idónea que la que ofrecen los partidos, que se fundamentan -o deberían hacerlo- en una cosmovisión global y elaboran programas con las soluciones que proponen para cada uno de los problemas que debe afrontar el Estado.
10. Sostenía Pío XII: “muchos de los que se dicen cristianos tienen su parte de responsabilidad en el actual trastorno de la sociedad”, debido a “la indiferencia por los asuntos públicos”, “la abstención electoral, de graves consecuencias”, y a “la crítica estéril de la autoridad” . Esta grave advertencia del Pontífice, nos lleva a reflexionar sobre cuál debe ser la actitud política de los católicos en la vida cívica contemporánea.
Consideramos que no pueden negarse a intervenir en ella, por defectuosa que sea la forma actual de las instituciones. León XIII enseñó al respecto que: “No acuden ni deben acudir a la vida política para aprobar lo que actualmente puede haber de censurable en las instituciones políticas del Estado, sino para hacer que estas mismas instituciones se pongan, en lo posible, al servicio sincero y verdadero del bien público... “ .
Del modo que describe el Papa, actuaban los primeros cristianos, en pleno paganismo, llegando su influencia benéfica hasta la propia corte imperial de Roma. Si en este siglo se ha producido un alejamiento de los católicos de la actividad política, ello se debe a un menosprecio de la misma -la "cenicienta del espíritu", según Irazusta-, y a una cierta pereza mental que rehuye imaginar soluciones eficaces para enfrentar los problemas espinosos que plantea la época. Esta abstención es “reprobable”, según Pío XII, pues implica “dejar el campo libre, para que dirijan los asuntos del Estado, a los indignos y a los incapaces” (Discurso, 28-3-1948).
Así como alguien llamado a la vida religiosa no podría ignorar su vocación aludiendo a las imperfecciones de muchos de los pastores que conducen hoy a la Iglesia, tampoco quien posea vocación política puede reprimirla porque no le satisfagan las actuales circunstancias de la vida cívica. Y como la vocación política tiene que ejercitarse por los cauces existentes, la actitud correcta consiste, a nuestro juicio, en aceptar el sistema de partidos, procurando su perfeccionamiento. Que no es imposible ni inútil la empresa, lo demuestra la actuación de tantos dirigentes católicos del último siglo que, sin renegar de su fe, trabajaron en este campo en consonancia con el bien común. Mencionaremos sólo tres casos de políticos, que están en proceso de beatificación:
-Giorgio La Pira (Alcalde de Florencia)
-Robert Schuman (uno de los fundadores de la Unión Europea)
-Julius Nyerere (Presidente de Tanzania, durante 25 años)
Para finalizar, recordemos la advertencia de Juan Pablo II, al decir que los fieles: “de ningún modo pueden abdicar de la participación en la política”.
“Las acusaciones de arribismo, de idolatría del poder, de egoísmo y corrupción que con frecuencia son dirigidas a los hombres de gobierno, del parlamento, de la clase dominante, del partido político, como también la difundida opinión de que la política sea un lugar de necesario peligro moral, no justifican lo más mínimo ni la ausencia ni el escepticismo de los cristianos en relación con la cosa pública” .