Antecedentes régimen político

ANTECEDENTES SOBRE EL REGIMEN POLITICO

Catecismo de la Iglesia Católica
“La sumisión a la autoridad y la corresponsabilidad en el bien común exigen moralmente el pago de los impuestos, el ejercicio del derecho al voto, la defensa del país” (2240).

Constitución Gaudium et spes
“Recuerden, por tanto, todos los ciudadanos el derecho y al mismo tiempo el deber que tienen de votar con libertad para promover el bien común” (75).

León XIII, Encíclica Quod apostolici muneris, 28-12-1878
“Y si alguna vez sucede que los príncipes ejercen su potestad temerariamente y fuera de sus límites, la doctrina de la Iglesia católica no consiente sublevarse particularmente y a capricho contra ellos, no sea que la tranquilidad del orden sea más y más perturbada, o que la sociedad reciba de ahí mayor detrimento; y si la cosa llegase al punto de no vislumbrarse otra esperanza de salud, enseña que el remedio se ha de acelerar con los méritos de la cristiana paciencia y las fervientes súplicas a Dios” (20).

León XIII, Encíclica Au Milieu des solicicitudes, 16-2-1892
“En este orden especulativo de ideas, los católicos, como cualquier otro ciudadano, disfrutan de plena libertad para preferir una u otra forma de gobierno, precisamente porque ninguna de ellas se opone por sí misma a las exigencias de la sana razón o a los dogmas de la doctrina católica” (15).

“Sin embargo, al encarnarse en los hechos, los principios revisten un carácter de contingencia variable, determinado por el medio concreto en que se verifica su aplicación. (de hecho sucede que en casi todas las naciones el poder civil presenta una forma política particular” (16).

“Juzgamos innecesario advertir que todos y cada uno de los ciudadanos tienen la obligación de aceptar los regímenes constituidos y que no pueden intentar nada para destruirlos o para cambiar su forma” (17).

“Por consiguiente, cuando de hecho quedan constituidos nuevos regímenes políticos, representantes de este poder inmutable, su aceptación no sólo es lítica, sino incluso obligatoria, con obligación impuesta por la necesidad del bien común, que les da vida y los mantiene” (23).

Benedicto XV, Carta al Episcopado Portugués, 18-12—1919
“es propio de todo cristiano someterse fielmente a poder que de hecho gobierne en el Estado. (…) la Iglesia…exhorta a sus hijos a la obediencia, sea la que sea la constitución política del Estado”.

Pío XI, Encíclica Dilectissima Nobis, 3-6-1933
“Pues todos saben que la Iglesia católica, no estando bajo ningún respecto ligada a una forma de gobierno más que a otra, con tal que queden a salvo los derechos de Dios y de la conciencia cristiana, no encuentra dificultad en avenirse con las diversas instituciones políticas, sean monárquicas o republicanas, aristocráticas o democráticas” (6).

“Y con Nos y con el episcopado estaban de acuerdo no solamente el clero, tanto secular como regular, sino también los católicos seglares, o sea la gran mayoría del pueblo español, el cual, no obstante las opiniones personales, no obstante las provocaciones de violencia y represalia, manteniéndose en la tranquila sujeción al Poder constituido, sin dar lugar a desórdenes, y mucho menos a guerras civiles” (12).

Pío XI, Enc. Quas Primas, 1925
“Nos albergamos uma gran esperanza de que la festividad anual de Cristo Rey, que em adelante se celebrará, acelerará felizmente el retorno de toda la humanidad a nuestro amantísimo Salvador. Sería, sin duda alguna, misión propia de los católicos la preparación y el aceleramiento de este retorno por medio de una activa colaboración: sin embargo, son muchos los católicos que no tienen en la convivencia social el puesto que les corresponde ni gozan de la autoridad que razonablemente deben tener los que alzan a la vista de todos la antorcha de la verdad. Esta desventaja podrá atribuirse tal vez a la apatía o a la timidez de los buenos, que se retiran de la lucha o resisten con excesiva debilidad; de donde se sigue como natural consecuencia que los enemigos de la Iglesia aumenten en su audacia temeraria” (12).

Unión Internacional de Estudios Sociales (Malinas), Código de Moral Política:
“El ciudadano debe al Estado no sólo los medios que le permitan subsistir y funcionar, sino también la sumisión a las órdenes que emanen de la autoridad regular. El bien público temporal sería irrealizable sin esta colaboración de la obediencia, que hace de los ciudadanos, miembros del Estado, sujetos leales del Estado” (138).

“De que haya leyes injustas o simplemente malas no se sigue que el régimen político de que ellas emanan sea también malo. Entre poder constituido y legislación existe una diferencia importante. Dentro de la mejor forma de régimen, puede darse una legislación detestable, mientras que al revés, bajo una forma imperfecta de régimen puede darse una legislación excelente[1] .
Por eso, desplegar su actividad y usar de su influencia para obligar a los gobernantes a cambiar en bien las leyes inicuas o desprovistas de sabiduría, es prueba de un sacrificio por la patria tan inteligente como valeroso, sin sombra de hostilidad contra el poder encargado de los negocios públicos[2]” (140).

Benedicto XV, Carta Encíclica Ad Beatissimi, 1914
“La fe católica es de tal índole y naturaleza, que nada se le puede añadir ni quitar: o se profesa por entero o se rechaza por entero…” (p. 18)).

[1] Enc. Au milieu.
[2] León XIII, Leerte aux cardinaux francais, 3-5-1892.