La perversión democrática


De Antonio Caponnetto

Opiniones sobre Mario Meneghini:

Página


155 “entrañable amigo”
160 ”la tercera equivocación en la que incurre Meneghini”
163 ”La cuarta equivocación de nuestro amigo”
166 ”consideraciones equivocadas de Meneghini”
169 “Meneghini vuelve a caer en la confusión ya comentada”
183 “Casi vendría a cuento para explicar el doble criterio de Meneghini la humorada de Groucho Marx: estas son mis ideas pero si no le gustan tengo otras”
198 “este extraño criterio de Meneghini”
201 “otro error fatal de Meneghini”
211 “Meneghini se equivoca”
218 “Meneghini conoce la doctrina verdadera, pero antes que proponer su plena restauración, se conforma cada vez con menos, pues no hay más remedio que…”
241 “Lo verdaderamente grave del planteo de Meneghini”
244 “Vuelve a tomar carácter de error gravísimo el de Meneghini”



LA ACTUACIÓN DE LOS ARGENTINOS EN LA POLÍTICA

(Sobre el libro de Antonio Caponnetto La perversión democrática)

Por Héctor H. Hernández
1. Tres núcleos centrales.

En el libro hay tres núcleos centrales: 1) La prédica de la política según el orden natural y cristiano, que podría sintetizarse en el ideal del reinado de Nuestro Señor Jesucristo, en la natural sociopoliticidad del hombre y la concepción orgánica de la sociedad, con el consiguiente rechazo de la doctrina del autogobierno o soberanía del pueblo y el reclamo de una representación orgánica, sin partidos políticos. ¡Buena defensa de la Tradición: “En la Iglesia, la última palabra no puede anular la primera; y si la última ofrece dudas o ambigüedades, debe resolverse a la luz de la que ninguna duda abrigue, alimente o suscite” (p. 30); 2) El tratamiento de la licitud de que un ciudadano, y o un cristiano, participe del sistema del sistema vigente actual, caracterizado por la presencia de los partidos políticos, vote, sea elegido o participe de un partido político. ¿Se inclina el autor por la tesis de la ilicitud pura y simple? Aunque el énfasis que pone en la respuesta por la ilicitud es fortísimo, se verá que la respuesta no es sencilla; 3) Una cantera importantísima de testimonios, bibliografía y elementos críticos de la doctrina de la soberanía popular y la representación partidocrática, que avalan propiciar otro sistema al respecto. Para una nueva edición sería altamente conveniente la presentación por aparte de la jugosa bibliografía.

2. Dos polémicas.

Es relevante reseñar que el libro se desenvuelve a caballo de varias polémicas, principalmente con el Licenciado Mario Meneghini y con el Dr. Cosme Beccar Varela. (Decimos al autor y a sus seguidores, que quizá sea mejor utilizar otra forma de tratar a este último, en vez de “desventurado personaje”, p. 7; “ególatra obtuso”, p. 9 y 44; desequilibrado, p. 51; “lelo discurrir”, p. 51; “impotencia racional”, p. 51; “alma degradada por el envanecimiento”, p. 52; “minusválido intelectual”, etc.).
El fervor patriótico del autor y su feliz seguimiento de Sardá y Salvany en combatir los errores en concreto sin edulcorarlos con abstracciones (p. 65: “a la doctrinas católicas no es conveniente defenderlas en abstracto sino en concreto”) lo coloca en la difícil exigencia de mantenerse coherente en un mismo libro a pesar de los énfasis y giros que son legítimos en la defensa acalorada de las posiciones propias, combatiendo a la vez contra las tesis de un católico liberal, por una parte, pero por otra contra un católico nada liberal que discrepa en cuanto a la inserción en los partidos.

3. ¿La tesis del libro es la ilegitimidad esencial de participar del sistema?

A favor de que el libro se expide contra la licitud de que un católico participe en la política con partidos y que vote, tenemos no pocos textos y el acento principal y dramático de la obra. Veamos los principales.
“Por coherencia con la recta doctrina nos oponemos a sumarnos irresponsablemente a las categorías democráticas - sean ellas las de constituir partidos, candidatos presidenciables, campañas electorales, votaciones por presuntos males menores,etc …”(p. 38; frente a la participación en los partidos propone la “inserción en el entramado múltiple y natural de cuerpos intermedios”).

En la p. siguiente califica de vergüenza toda participación en el sufragio universal, que se concibe “en contradicción con la buena doctrina” y como un “plegarse a la hediondez democrática”, todo lo cual sería “cometer el pecado del liberalismo” y “olvidar “la obligación ineludible de Instaurar todo en Cristo” (p. 39).
Uno de los momentos más fuertes de su crítica es cuando compara la inserción que repudia al acto de regentear un prostíbulo (p. 40).
En la posición que critica se estaría infringiendo la “norma moral”, al admitir “la perversión como normalidad política (p. 78), lo que ha de entenderse aún cuando no se caiga en la idolatría de rendir culto de latría a la democracia, en cuyo caso el pecado sería mayor. ( Se admite, pues, la posible separación entre endiosar la democracia y participar en los partidos).
Siendo el sistema “mentira universal”, “votar y ser votado” implica “descalificación moral” (p. 84). El que vota “es responsable moral de los males que ejecuten sus elegidos, y de los males que se sigan porque esos elegidos mantengan la vigencia de la perversión política” (p. 84). Así como es ladrón no sólo el que mata la vaca ajena sino el que la tiene de la pata, así comete falta el que vota (p. 84), y siendo el sufragio universal la mentira universal, quien vota peca de mentiroso (ibídem, p. 185 y p. 252).
Se insinúa y más que eso que los católicos que lanzan o integran partidos políticos traicionarían los principios doctrinales (p. 101).
Si un partido fuera nacionalista “lo primero que debería hacer es autodisolverse como partido” (p. 105).
Ingerirse en el sistema es “incompatible con nuestras convicciones morales y con nuestra recta doctrina” (p. 151).
Votar en este sistema (habiendo partidos políticos) “es un pecado”, de incoherencia y de liberalismo (p. 184)
Así como es “intrínsecamente malo” mentir, así lo es y una mentira, el hecho de votar (p. 252).

4. Modulación

Sin embargo, tenemos una colección de lugares en donde no luce la tesis de la ilicitud pura y simple, según pasamos a ver.
En p. 151 y 257 pareciera que la injerencia en el sistema no sería pecado sino algo distinto: “ocasión próxima de pecado” . El propio AC señala que “es cierto que hay diferencias entre la causa y la ocasión de pecar, aunque insiste en que “rechazar las ocasiones de pecado nos está moralmente exigido” (p. 257).
En pp. 122 y 123, con cita de Lamas, admite condicionadamente la licitud de los partidos políticos y la participación en ellos. “Pueden constituir vehículos de opinión o canales del querer sobre cuestiones opinables, cuando éstas no encuentren adecuada expresión a través de las comunidades naturales” (p. 122). Porque “lo malo no debe convertirse en regla “ (p. 122), admite “la posibilidad de su tolerancia como un mal necesario, tratándose de una causa condicional, que se sigue como efecto o consecuencia de un hecho inevitable” (p. 122). “No es dogma de fe la negación de los partidos políticos, y bien sabemos que la política es el terreno por excelencia de lo prudencial” (p. 123; tesis repetida en p. 223). “Podría darse entonces el caso de una agrupación partidaria que se justificara”, si se tratase de “una manifestación ocasional de cuestiones opinables sin poner en discusión o en plebiscito –ni permitir que se pongan- las cuestiones perennes vinculadas al Orden Natural y al Orden Sobrenatural”, agotadas las vías de las comunidades naturales, y de modo excepcional, para proponer soluciones concretas sobre problemas específicos y contingentes, sin pretender erigirse en institución permanente ni monopolizar una representación que no le corresponde”, y sin que tengan base ideológica, sino “más bien como una corriente doctrinal o movimiento organizado” (p. 123).
En p. 225 reconoce que según Paulo VI sería admisible la adhesión a un partido o formación política pero en forma personal y no institucional católica. Y trae un texto de Juan Pablo II que pide a los sindicatos no dejarse contaminar por los partidos políticos y no tener vínculos demasiado estrechos con ellos .La advertencia asumida por Antonio de Juan Paulo II consistente en no tener vínculos demasiado estrechos pareciera admitirlos sin esa proximidad, ciertamente no dice que tales relaciones sean las relaciones del copartícipe del pecado o del delito o la mentira, y sin dudas que atempera la tesis incompatibilista.
AC no puede negar que el Concilio Vaticano II alude a los partidos y pide se encaucen al bien común, y deja para otro lugar “si estamos ante una condescendencia del Vaticano II a la Revolución, o si en la línea de muchos pontífices previos al Concilio, se trata de hacer lo posible para ´bautizar´ las realidades sociales ineludibles. Porque ya hemos dicho que el rechazo por los partidos no es dogma de Fe, ni hay un Artículo Trece del Credo que prohiba creer en los mismos” (p. 223).
Es evidente que un lector de la tesis incompatibilista que se hubiera entusiasmado con ella, aquí se encontraría perplejo. ¿no era que participar de los partidos era intrínsecamente malo como mentir o regentear un prostíbulo? Y al hombre le pasaría por la cabeza condenar a todos los papas que han condescendido con la Revolución, o arremeter contra los mismos que han tratado de “bautizar” lo que se pueda, o por otro decir como hacen algunos poco avispados que “ahora la Iglesia admite la democracia” o seguir la vía sensata de no hacer tantas cuestiones ni de palabras ni de herejías y admitir, por lo menos, que no es una irrazonabilidad usar el lenguaje con cierta flexibilidad para tratar de entendernos, trasmitir el mensaje de Cristo e intentar salvar la Argentina en ruinas.
Tanto al traer al ruedo la cita del Cardenal Mercier, “que no se oponía como hipótesis a la existencia de partidos” haciendo suya la advertencia de que ellos no se ocupen de todo, o la cita de Lamas, haciendo suyo que la “posibilidad condicionada” debe ser teniendo presente “lo inadmisible de ellos”, en su disputa con Meneghini adopta una posición distinta al rechazo absoluto.
Lo mismo sucede con la admisión que convalida y defiende Creuzet de los partidos, siempre y cuando se conviertan en un cuerpo intermedio (p. 226).
Por el principio de la doble presunción a favor de la autoridad y a favor del prójimo católico que optó por el partido, si no se prueba claramente que hay una inmoralidad o herejía en la inserción partidista hemos de quedarnos con el intento de la Iglesia por “bautizar realidades sociales ineludibles”. Un discípulo de Antonio Caponnetto, siguiendo este texto, podría fundar un partido político diciendo que, siendo una realidad social ineludible que no depende de su libertad, en principio no es ilícito participar en ellos. Lo de inevitable es reforzado con cita de Lamas en p. 225.

El detenimiento en considerar los requisitos para aplicar el criterio del mal menor en p. 228 y ss., colocaría la participación en el partido en el ámbito de una legítima tolerancia.
Al aludir a una polémica de los católicos españoles en 1905 menciona el autor la intervención de San Pío X, que “no se inclina por la doctrina del mal menor ni por el principio del doble efecto, sino por un consejo prudencial aplicable a un tiempo y a un espacio determinado” (p. 260), entrando en “un terreno más acotado y operativo”, y señala que “será aceptable y deseable la intervención de los católicos para que a los cargos públicos vayan quienes miren mejor por la religión y la patria (p.261). En seguida el autor añade que “corre por cuenta de quien no sepa proporcionar las cosas, conferirle a este buen consejo pastoral de San Pío X, el carácter de dogma de fe” (p. 261).
Nos parece que aquí se cambia el objeto del debate, pues la cuestión a decidir era si participar en las elecciones con partidos es de suyo ilegítimo a la par que regentear un prostíbulo o mentir, y no si es dogma de fe el consejo de San Pío X. Pero como del consejo no surge que sea de suyo ilegítimo participar en los partidos, sino más bien lo contrario, la cita de p. 261 se vuelve en contra de la tesis de la incompatibilidad y el pecado.
Antonio trata la objeción, que se le ha hecho, de que personas que él admite como ejemplares participaron de partidos políticos y sistemas parlamentarios. Tal el caso de Blas Piñar, José Antonio Primo de Rivera, el P. Leonardo Castellani o Aníbal D´Angelo Rodríguez (p. 266).

El a. razona así:
a) los objetores cambiarían de asunto, pues no se trata del hecho de que ellos hayan participado sino si está bien o no participar en los partidos;
b) esas personas no serían grandes y prestigiosas por eso, sino por otras cosas;
c) si se votó a alguno de ellos que ganó, “el sufragio universal no se constituye en un recurso infalible” (p. 267); ni se aprueba el demoliberalismo (p. 268);
ch) ¿pecaron o fueron heterodoxos esos grandes hombres? “En esto, como en todo aquello que reclame que reclame delimitación y precisión milimétrica, de poco sirven las generalizaciones indiscriminadas. Conviene analizar caso por caso, antes de arribar a un corolario final” (p. 266).
d) Para ellos esta etapa fue una fase transitoria y no un punto de llegada (p. 268); no puede aceptarse la democracia liberal como un “quehacer político ordinario” (p. 268).

Nos parece que de este modo:
a) No se mantiene la tesis de la ilicitud absoluta o de la heterodoxia de la participación en los partidos. La tesis del libro no es, entonces, tal ilegitimidad y falsedad, o la misma no es sostenida coherentemente;
b) Si está respondiendo a alguien que alega que la participación del P. Castellani u otras personas avala la bondad del demoliberalismo, tiene razón el autor. Su presencia no es avalar el liberalismo.
c) Pero entonces se estaría reconociendo que el hecho de participar de ese modo no es incurrir en demoliberalismo. Se rompe la conexión que se pensaba férrea entre participar de elecciones sería suscribir la doctrina liberal.

En todo caso, la tesis universal afirmativa toda persona que vota, funda partido o participa o es elegido en un partido sí efectivamente peca como quien regentea un prostíbulo o miente, se ve destruída por la tesis particular negativa que dice que alguna persona que vota, funda partido o participa o es elegido en un partido no peca.
Cabe reseñar, en la misma línea, que en su elogio de José Antonio Primo de Rivera menciona su famosa expresión “¡votad lo que os parezca menos malo no me importa nada! (p. 271). [el autor pone tres puntos en donde José Antonio dijo “menos malo”]. Con lo que el a. no rehusa en algunos casos acudir al mal menor.
Por otra parte, el autor recomienda las vías intermedias para la acción, y elogia “las potencialidades y los logros” políticos de los grupos de presión parapartidocráticos. “Mientras escribimos estas líneas un ejemplo concreto parece confirmarlo con creces. Nos referimos al prolongado paro agropecuario de marzo de 2008 contra el gobierno kirchnerista, alentado y ejecutado por agrupaciones ruralistas, constituidas en representantes genuinas de los intereses del sector. El paro, con sus repercusiones nacionales incontestables, no solamente ha sido la mayor paliza recibida por la tiranía montonera de los Kirchner, no solamente aglutinó y despertó la oposición que parecía inexistente,no solamente se alzó en búsqueda de resoluciones legítimas para los hombres y los hogares de carne y hueso, sino que dejó en evidencia la nula representatividad que los partidos políticos significan, tanto para los problemas como para las soluciones del invocado pueblo”(p. 299). En la misma línea, aconseja llevar adelante las propuestas del libro de Ignacio Garda Ortiz Gobernar para las familias (p. 297). [Publicamos la recensión del libro y lo presentamos en Mar del Plata con la presencia del autor].

A lo que observamos :
Si yo hubiera sido dirigente chacarero en el famoso paro, que en ningún momento hizo mención de Cristo Rey ni de confesionalidad católica formal, y el autor fuese coherente con la tesis más enfática de la obra, ¿no me debiera criticar no cumplir los requisitos que pone en el capítulo 3 para la acción política de los católicos?
Y no se diga que “los chacareros no eran todos católicos”, porque entonces se admite que la confesionalidad del partido o la mención de la Realeza de Cristo es una cuestión que tiene dimensiones prudenciales. O si la exigencia es sólo para los católicos, nosotros para servir a la Patria tenemos el problema precisamente de serlo. Salvo que se demuestre por qué la exigencia de confesionalidad es sólo para los partidos políticos pero no para las asociaciones intermedias.
Y lo mismo dígase del libro de Ignacio, cuyo mérito principal es precisamente entrar en la discusión pública de la defensa de la vida por el lado, inesperado para nuestros grupos provida, de la argumentación con la necesidad de multiplicación poblacional para lograr seguridad social y, que yo recuerde, en ningún momento enarbola la confesionalidad.

5. Resolución del problema

Revocada por su propio autor, según vimos en “4”, la tesis de la incompatibilidad absoluta y de principio, la lógica del libro desemboca en una discusión a nivel prudencial: si aquí y ahora los católicos argentinos que se insertan en los partidos políticos cumplen con los requisitos para ello o si por el contrario no los cumplen y traicionan su fe.
¡Cuidado que las cuestiones prudenciales pueden resolverse en concreto con actos “imprudenciales”! Precisamente, cuando no se trata de cosas intrínsecamente malas como regentear un prostíbulo o mentir, decimos que estamos ante una cuestión prudencial para decir que desde el punto de vista general y abstracto se trata de una cuestión moralmente indiferente.
Pero en ellas se puede pecar o no pecar, faltar o no faltar.
El libro, pues, combate decisiones concretas de personas concretas, que abundan especialmente alrededor de las páginas………... Así las cosas, no podemos expedirnos pues el autor dice que no hace mención de nombres, para no herir susceptibilidades, pero me consta que ha afectado no tanto la susceptibilidad sino la tarea y los esfuerzos denodados de muchos amigos enterrianos que me merecen entera fe y admiración, que se lo han tomado como dirigido a ellos, y que tras cada conferencia de Antonio repitiendo la tesis de la incompatibilidad pierden a varios chicos que temen quedar fuera de la Iglesia si siguen en el Partido.

¿Fue en verdad Aristóteles el que, en memorable ocasión, dijo que él era amigo de Platón pero que en verdad, mirándolo bien, era más amigo de Emilio Cura y de Ricardo Andrilli, y que admiraba a Gustavo Breide?
En buena hora que si la tesis del autor es el rechazo no sólo del partido sino de votar o ser elegido, la exponga. Pero en mala hora que lo haga anatematizando como lo hace en nombre de la fe y la moral, según su tesis recogida en el capítulo 3, cuando en realidad él admite que no se trata de un absoluto moral, como lo vimos en los textos del capítulo 4.

6. Algunas cuestiones jurídicas
6.1. La Constitución.
Es legítimo estudiar las distintas normas según su fuente doctrinaria. Así como también es legítimo clasificarlas según aspectos menos importantes, para decirlo muy claro según sean más largas o menos largas, según sean constitucionales o infraconstitucionales, según sean escritas y no escritas, etc..
Pero en cuanto a las normas consideradas en cuanto normas que regulan conductas me parece que la clasificación esencial corre entre legítimas e ilegítimas, para decirlo con una palabra corriente y aceptada, en justas e injustas.
Una norma jurídica humana tanto tiene de obligatoria cuanto tiene de justa. Y dada la natural sociopoliticidad del hombre que funda el principio de autoridad hay una presunción de legitimidad y una necesidad muchas veces, cuando no sea excesivamente (pase la imprecisión) injusta, para evitar el escándalo y el desorden.
Pues bien, las normas no tienen por finalidad enseñar política ni dar buena doctrina y su justicia se determina, principalmente, por el derecho natural y divino o por su conformidad o no disconformidad con él. Por lo tanto, cuando la Constitución nacional escrita habla de la soberanía popular (art. 37 y 38) nosotros juristas la tenemos por no escrita en cuanto enseña eso. Uno de los más afamados y escribidores constitucionalistas argentinos tiene un librito en que sostiene que eso es un mito. (BIDART CAMPOS, Germán José, El mito del pueblo como sujeto de gobierno, soberanía y representación).

Por lo demás, y para la exégesis de esos artículos, la Constitución dice que el Presidente de la República es jefe supremo de la Nación, que los legisladores legislan y que los jueces juzgan. (No el pueblo, claro está, lo que sería imposible).
Además, si la expresión “soberanía popular” indicara la fuente de la juridicidad, chocaría con el Preámbulo que sostiene que lo es Dios mismo.
Todos los textos típicos de liberalismo, en cuanto a las aplicaciones prácticas, han de ser interpretados conforme al derecho natural y al bien común. Así por ejemplo “la libertad de publicar las ideas por la prensa sin censura previa”.
Pero en todo aquello en que el derecho natural deja como indiferente, por ejemplo cómo se eligen los jueces o cómo se distribuye el poder, nosotros debemos obedecer la Constitución que es y tal cual es en forma religiosa.
Conforme a esas bases nosotros intentamos construir un derecho constitucional solidarista o tradicionalista definidamente rosista.
Jaime Gálvez, analizando el texto de Alberdi en que dice que la Constitución surgió de imitar la norteamericana y de la realidad nacional, sostiene que este último párrafo alude a la organización política que dio el organizador Juan Manuel de Rosas.
Cuando la Constitución se dictó, con la originalidad del “en cumplimiento de pactos preexistentes”, no hizo más que aplicar el Acuerdo de SN y el Pacto Federal, consumando en ese sentido normativo la organización prevista en el Acuerdo de San Nicolás.
Cuando los constitucionalistas hablan de contenidos pétreos de la Constitución, que no se pueden cambiar, aluden al federalismo y a la religión.
Cuando el P. Castellani dijo que las dos grandes desgracias argentinas son la expulsión de los jesuitas y la batalla de Caseros, o cuando Soaje dice que lo son el alberdismo y el laicismo, estamos de acuerdo. Y que la Constitución vino luego de una desgracia nacional lo suscribimos.
Pero, en lo que no tiene contra el orden natural y divino y la Patria, en cuyo caso la tenemos cuasi por no escrita, la tenemos por ley importante en el orden jurídico positivo que debemos acatar, sometida al derecho tradicional, natural y divino e interpretada en orden al bien común político.

6.2. Democracia.
De la misma manera, así como el autor nos ilustra, con Montejano, de una evolución de la doctrina de la democracia y sus acepciones, o sobre los papas que han querido bautizar algunas realidades, no nos parece algo absolutamente irrazonable que alguien alguna vez, de modo que quede claro que no habla ni de la religión atea de la democracia ni del disparate del autogobierno o soberanía popular, pueda usar la palabra “democracia” sin denostarla, aludiendo a otra cosa. Por ejemplo a cierta participación popular en la vida pública. Tampoco nos parece totalmente irrazonable que algunos siguiendo a Pío XII digan que la democracia es la forma de buen funcionamiento del Estado, aunque nos parece que ese uso en ciencia política no debe admitirse.

6.3. Sistema electoral
En otro orden, no estaría demás definir al sufragio universal como aquél en que todos los ciudadanos, sin distinciones, votan todos los cargos en juego, para señalar que el mismo no refleja las expresiones de la ciudadanía como sí puede a veces hacerlo y favorecer la buena elección de personas el voto inmediato del vecino.

6.4. Partidos políticos
No se puede decir que hay una doctrina católica concreta sobre la participación y representación política. Sí se puede decir que es más congruente con la concepción orgánica o pluralista de la sociedad que adopta la DSI que haya representación de los cuerpos reales de la misma. Ahora, si esto debe ser en organismos legislativos, en organismos meramente consultivos y fiscalizadores, en organismos con facultades de resolución económica, habrá que estudiarlo.
A partir del autogobierno ( el disparate de Rousseau), de la idea de la representación de los elegidos por un sector social que se arroga ser la totalidad sin mandato imperativo (Sieyes y el copamiento en nombre de la voluntad de la nación por el ideologismo enemigo de Dios y de las tradiciones), y el monopolio de los partidos (una vuelta de tuerca que es decididamente antidemocrática en el sentido de que hace de los supuestos representantes del pueblo sus amos y una feroz dictadura), (monopolio que la Constitución Nacional escrita argentina no establece) tenemos una distorsión total de la representación y la participación política.
Pero no está justificado que por sistema no intervengamos y hagamos el campo orégano a los enemigos de la Argentina y de Cristo Rey en virtud de razones éticas absolutas que en el propio libro se autocontradicen, sea en la lucha por el poder político sea en el derecho constitucional.
En ese sentido, es necesario propiciar reformas para una participación popular menos mentirosa (si se quiere más “democrática”) por la cual en la opinión se clama a gritos. En cuanto no se hagan a la vez con listas para muchos cargos las elecciones, en cuanto se privilegie la representación territorial con voto uninominal, en cuanto se abra campo a alguna forma de representación de los sectores vivos de la Patria, nos estaremos alejando del sufragio universal.
Y si el propio autor admite insertarse en el sistema para atacar al liberalismo, a fortiori puede serlo para defender la Patria. Hace algunos años yo hubiera suscripto el libro del admirado amigo Antonio, pero cuando íbamos con Mario Strubbia o con otros amigos a buscar a precio de oro un legislador que se opusiera a la entrega del Beagle, o que defendiera la familia en el divorcio, razoné así: si vamos a pedirle que haga algo bueno que él puede hacer, no podemos decirle que es intrínsecamente perverso siempre y en todos los casos que esté ahí. Porque si es intrínsecamente perverso que esté ahí, como es intrínsecamente perverso mentir o regentear un prostíbulo, yo no puedo pedirle nada sin ser cómplice del pecado o del delito.

7. El centro del asunto es la Argentina
El autor coloca el acento principal de las cosas en la ortodoxia doctrinal, cual si fuese una cuestión académica universitaria más que una cuestión política. Pero no es lo mismo. Estamos ante una Argentina que se nos muere, y se trata de qué hacemos o qué podemos hacer.
La política no es el arte de no equivovarse en doctrina, sino el arte de salvar a la Patria.
La política argentina no puede ser sólo cuestión de los católicos, aunque los católicos en tanto católicos tengamos algo específico que dar.
La Patria no es asunto exclusivo nuestro, ni somos sus únicos ni monopolizadores defensores. Hay no católicos que en el rubro defensa de la Patria nos precederán en el reino de los cielos defendiendo Malvinas, combatiendo la deuda externa o incluso, como el judío Schonfeld, defendiendo las cláusulas religiosas de la Constitución.
La Argentina nos excede y debemos convocar a quinquiera para salvarla, y seguir a cualquiera que contribuya a salvarla. Pero, claro está, para salvarla.
Estamos desarrollando, frente al meritorio libro que comentamos, un asunto de acentos.
Nuestra política no se debe definir por el antiliberalismo ni por el antimarxismo. Si así fuese, si el esquema fuese ése, no podríamos entendernos nunca con los que son liberales y son marxistas.
Si se trata de defender la Patria, es posible que en algunas cosas estemos con otros de quienes nos separan abismos doctrinales, y le podamos dar nuestro testimonio patriótico.
Es mérito del libro servir de examen de conciencia para todos quienes se ponen en esa formidable ocasión de sucumbir a las pasiones que es la participación en la política, y es altamente recomendable en el rechazo del derecho constitucional “nuevo” con la defensa del católico y en la utilización de un riquísimo material sobre formas distintas de participación a la partidocrática.